ANÁLISIS RD-LEY 11/2022: MEDIDAS FRENTE AL CONFLICTO RUSIA-UCRANIA, A LAS SITUACIONES DE VULNERABILIDAD (DESDE COVID19) Y A LA RECUPERACIÓN DE LA PALMA

Real Decreto-ley 11/2022, de 25 de junio, por el que se adoptan y se prorrogan determinadas medidas para responder a las consecuencias económicas y sociales de la guerra en Ucrania, para hacer frente a situaciones de vulnerabilidad social y económica, y para la recuperación económica y social de la isla de La Palma.

El RDL 11/2022 que entró en vigor el día 27 de junio de 2022 refleja las realidades acuciantes y urgentes a las que hoy se hace frente en el panorama internacional.

Los objetivos de la norma son: (i) paliar las consecuencias económicas y sociales causadas por el conflicto bélico entre Rusia y Ucrania, (ii) seguir atendiendo las situaciones de vulnerabilidad social y económica arrastradas desde la llegada de la Covid-19 y, (iii) atender las consecuencias producidas por la erupción volcánica iniciada el día 19 de septiembre de 2021 en la zona de Cumbre Vieja de La Palma.

El artículo primero modifica del Real Decreto-ley 6/2022, de 29 de marzo, por el que se adoptan medidas urgentes en el marco del Plan Nacional de respuesta a las consecuencias económicas y sociales de la guerra en Ucrania, que suponen en la mayoría de los casos en una prórroga de la vigencia de medidas ya existentes hasta el 31 de diciembre de 2022, pero también se introducen nuevos aspectos que inciden directamente en cuestiones formales, procedimentales e incluso sustanciales.

Los principales aspectos tratados son: (i) las medidas de agilización de los procedimientos relativos a proyectos de energías renovables, (ii) la bonificación extraordinaria y temporal del precio final de determinados productos energéticos, (iii) la prestación patrimonial de carácter público no tributario temporal a realizar por los operadores al por mayor de productos petrolíferos, y (iv) las medidas de apoyo al sector agrícola, ganadero y pesquero.

Asimismo, complementa (v) medidas de apoyo a trabajadores y colectivos vulnerables. Entre las más destacables, resaltan las medidas en el ámbito laboral, el incremento extraordinario en la prestación de ingreso mínimo vital, el incremento extraordinario de las pensiones de jubilación e invalidez del sistema de Seguridad Social, en su modalidad no contributiva y la flexibilización de contratos de suministro de gas natural junto con la prórroga de los descuentos del bono social de electricidad hasta el 31 de diciembre de 2022.

Otro bloque importante para el que la norma introduce un paquete de medidas es el relativo al transporte. En este sentido, se establecen ayudas directas al transporte de viajeros cuyos beneficiarios iniciales serán las comunidades autónomas y entidades locales que presten servicio de transporte colectivo urbano o interurbano, así como entes locales supramunicipales que agrupen varios municipios. Con objeto de ello, se aprueba la creación de dos créditos extraordinarios, que ascenderán a un total de 200 millones de euros. Además, se prevé de forma expresa una compensación a las entidades u operadores de transporte que realicen los descuentos efectivos pretendidos.

Siguiendo con las medidas de transporte, su afectación se extiende incluso hasta la Ley 15/2009, de 11 de noviembre, del contrato de transporte terrestre de mercancías en relación con el precio del transporte. En esta misma línea, se prevé que en todas las facturas referidas a transportes por carretera realizados entre el 1 de julio y el 31 de diciembre de 2022, deba reflejarse de manera desglosada el coste del combustible necesario para la realización del transporte.

Finalmente, se introduce un último bloque relativo a medidas para hacer frente a situaciones de vulnerabilidad social y económica, que no solo inciden en el ámbito energético, entre las que destacan las de rasgos tributarios, sino que también prorrogan medidas que se establecieron en el Real Decreto-ley 8/2021, de 4 de mayo, (medidas urgentes en el orden sanitario, social y jurisdiccional, a aplicar tras la finalización de la vigencia del estado de alarma). Además, se introducen medidas de apoyo a la industria gas intensiva, al sector agrario (financiación) y para acabar, nuevas medidas sociales, laborales y tributarias exclusivas para los afectados por la pasada erupción volcánica en la isla de la Palma.

Asimismo, destacar que se vuelven a prorrogar las suspensiones de procedimientos de desahucio y de los lanzamientos para hogares vulnerables sin alternativa habitacional, y se crea una línea directa de ayuda a personas físicas de bajo nivel de ingresos y patrimonio con el fin de paliar los efectos producidos por la invasión de Ucrania.

Este nuevo RDL no prevé una prórroga sobre la obligatoriedad de acudir al concurso de acreedores, así como tampoco se pronuncia sobre las medidas como los ERTE para paliar los efectos de la pandemia.

En definitiva, estamos ante una norma que viene con un amplio paquete de medidas con incidencia directa en los sectores energético, industrial, agrario y de transportes, medidas que no solo versan sobre nuevas prórrogas hasta finales del año 2022 sino que también añaden aspectos sustanciales cuya trascendencia se ha puesto de relieve con el devenir de los acontecimientos actuales que están teniendo un impacto importante a nivel nacional. No obstante, este RDL pero no prevé la importante y esperada prórroga de la obligación de declarar concurso de las empresas, ni los ERTE que están vigentes hasta el día 30 de junio de 2022.

 

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