SANCIONES INTERNACIONALES Y LISTAS GAFI

 

 

Sanciones Internacionales y Listas GAFI

 

Febrero 2017

 

 

 

No son pocas las dudas que tienen los sujetos obligados en relación con las sanciones internacionales: ¿Cuáles son los países sancionados? ¿Se sanciona a todo el país o solamente a ciertas personas? ¿Qué organismo determina cuales son los países sancionados? ¿Qué tipo de medidas tengo que tomar como sujeto obligado? Etc.

 

Con el fin de aclarar algunas de ellas, el Ministerio de Asuntos Exteriores y de Cooperación ha emitido un documento denominado Sanciones Internacionales el cual ha sido publicado en la página web del Tesoro en su sección de Prevención del blanqueo y movimiento de efectivo.

 

El documento recoge una introducción general en el que explica que con el objetivo de restablecer la paz en un territorio, y según el artículo 41 de la Carta de las Naciones Unidas, el Consejo de Seguridad puede adoptar distintas medidas coercitivas que, sin el uso de la fuerza, ayuden a ese fin.

 

De esta forma, por ejemplo, en los últimos años se han adoptado diversas sanciones para ayudar en la resolución de conflictos y la lucha contra el terrorismo, o evitar las violaciones de derechos humanos o las amenazas a los regímenes democráticos. Estas sanciones, que serán siempre de aplicación en los Estados miembro, tienen tres objetivos fundamentales:

 

Coercing: modificación del comportamiento de un Estado o entidad no estatal.

 

Constraining: merma de la capacidad de maniobra de un Estado o entidad no estatal o, al menos, su debilitación (con el objetivo de acercar una derrota militar, por ejemplo).

 

 

Signalling: denuncia de las personas o entidades que suponen una amenaza para la paz y seguridad internacionales.

 

Las medidas que se toman han pasado de ser genéricas (sanciones económicas o comerciales en su sentido más amplio), a selectivas (incluyendo, entre otras, el embargo de armas, congelación de activos o prohibición de viaje).

 

También la Unión Europea utiliza cada vez con más frecuencia las sanciones para hacer cumplir sus objetivos en materia de Política Exterior y Seguridad Común (PESC).

Al igual que en caso de las sanciones por parte de las Naciones Unidas, también en la Unión Europea han evolucionado de genéricas a específicas o selectivas, y se subdividen en cuatro grupos: embargo de armas, prohibición de entrada, medidas económico-comerciales y medidas financieras.

 

Estas dos últimas son las que aplican a los sujetos obligados en materia de prevención del blanqueo de capitales y de la financiación del terrorismo.

 

Desde la entrada en vigor del Tratado de Maastrich en noviembre de 1993, las sanciones impuestas por la Unión Europea se han incrementado de manera notable, hasta llegar a la cifra de 35 en la actualidad. Dentro de este cómputo estarían las 14 sanciones que fueron aprobadas por el Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas, y que por tanto, deben adoptar también los Estados europeos; 6 que la Unión Europea decidió ampliar a las medidas ya impuestas por las Naciones Unidas; y 14 casos en los que la Unión Europea tomó la decisión de adoptar medidas unilaterales ante la falta de consenso 2 internacional (faltaría una, que el documento no recoge).

 

En enero de 2017 se introdujeron algunas novedades en lo que se refiere a las personas, físicas y jurídicas, recogidas en las listas de sanciones internacionales, tanto para uno como para otroorganismo.

El documento nos lista las decisiones tomadas recientemente por las Naciones Unidades y por la Unión Europea, indicando el número total de sancionados por cada país. A continuación se detallarán los principales puntos:

Naciones Unidas:

Irak: Se suprime la entidad Amanat Al-Asima de la lista de sancionados. En la actualidad se encuentran sancionadas todavía 86 personas y 172 entidades.

República Centroafricana: Se prorrogan las sanciones previamente impuestas hasta el 31 de enero de 2018, lo que incluye el embargo de armas, prohibición de entrada para 10 personas y congelación de fondos para 10 personas y 2 entidades.

 

Unión Europea:

Irak: Se suprimen dos entidades de la lista de sancionados.

 

Irán: Se suprimen cuatro entidades de la lista de sancionados (Bank Saderat PLC, Neka Novin (Niksa Nirou), West Sun Trade GMBH y Oil Industry Pension Fund Investment Company (OPIC)). En la actualidad se aplica todavía la sanción del embargo de armas, prohibición de entrada a 71 personas y congelación de fondos a 71 personas y 173 entidades.

 

Túnez: Se prorrogan las sanciones previamente impuestas hasta el 31 de enero de 2018, lo que incluye la congelación de activos a 48 personas por malversación de fondos.

 

Puede acceder al texto completo publicado pinchando aquí.

http://www.tesoro.es/sites/default/files/2017_enero-   _boletin_novedades_sanciones_financieras.pdf

Por otro lado, el pasado viernes, 24 de febrero, se publicaron nuevas listas del GAFI. Como novedad, entra en la lista gris Etiopía. Irán, por su lado, sigue siendo el único de la lista negra. Asimismo, destacamos de la reunión que el GAFI sigue considerando como prioritario adoptar medidas que eviten la financiación del terrorismo, que se encuentran trabajando en mejorar la transparencia e información sobre titulares reales y que Brasil ha recibido un nuevo aviso para que resuelva el tema de las sanciones financieras internacionales. Puede acceder al resumen de la reunión en inglés pinchando

 

 

 

Para más información:

ÁREA DE CUMPLIMIENTO NORMATIVO

 

Luis Manuel García

lmg@lupicinio.com

 

Sergio Salcines

Sergio.salcines@informaconsulting.com

 

 

www.lupicinio.com

 

 

 

 

 

 

 

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