SANCIONES INTERNACIONALES JULIO 2021

2021-07-30 Newsletters

1. UNIÓN EUROPEA

 

RUSIA

 

  • Con fecha 12 de julio de 2021 se ha publicado en el Diario Oficial de la Union Europea la Decisión (PESC) 2021/1144 del Consejo, por la que se modifica la Decisión 2014/512/PESC[1] relativa a medidas restrictivas motivadas por acciones de Rusia que desestabilizan la situación en Ucrania

 

En el Artículo 9, apartado 1, de la Decisión 2014/512/PESC, el párrafo primero se sustituye por el texto siguiente: “1. [L]a presente Decisión se aplicará hasta el treinta y uno (31) de enero de 2022”.

 

ANTITERRORISMO

 

  • Con fecha 20 de julio de 2021 se ha publicado en el Diario Oficial de la Unión Europea el Reglamento de Ejecución (UE) 2021/1188 DEL CONSEJO de 19 de julio de 2021 por el que se aplica el artículo 2, apartado 3, del Reglamento (CE) n.o 2580/2001 sobre medidas restrictivas específicas dirigidas a determinadas personas y entidades con el fin de luchar contra el terrorismo, y se deroga el Reglamento de Ejecución (UE) 2021/138

 

El Consejo ha concluido asimismo que las personas, grupos y entidades a los que se aplican los artículos 2, 3 y 4 de la Posición Común 2001/931/PESC[2] deben seguir estando sujetos a las medidas restrictivas específicas establecidas en el Reglamento (CE) n.o 2580/2001.

 

2. ESTADOS UNIDOS

 

CHINA

 

  • Con fecha 16 de julio de 2021 la OFAC, en cuanto al riesgo de sanciones secundarias: de conformidad con la Ley de Autonomía de Hong Kong de 2020 – Ley Pública 116-149, ha añadido a la Lista SDN a siete (7) personas físicas de nacionalidad China por “[L]os riesgos crecientes asociados a las acciones emprendidas por el Gobierno de la República Popular China y el Gobierno de la Región Administrativa Especial de Hong Kong (RAE) que podrían afectar negativamente a las empresas estadounidenses que operan en la RAE de Hong Kong de la República Popular China”.

MYANMAR

 

  • Con fecha 2 de julio de 2021 la OFAC, en virtud de la Executive Order (E.O.) 14014, de 10 de febrero de 2021, ha añadido a la Lista SDN a veintidós (22) personas físicas, todas ellas birmanas. Siete (7) de ellos por la “[R]epresión del movimiento prodemocrático en el país y el uso de la fuerza letal contra el pueblo de Birmania, incluidos los niños y los miembros de grupos étnicos minoritarios”. Las otras quince (15) personas “son cónyuges o hijos adultos de altos cargos militares birmanos previamente designados, cuyas redes financieras han contribuido a las ganancias mal habidas de los militares”.

 

CUBA

 

  • Con fecha 22 de julio de 2021 la OFAC, en virtud de la Executive Order (E.O.) 13818, ha añadido a la Lista SDN a una (1) persona física y una (1) entidad cubanas por “[S]u conexión con la represión de las protestas pacíficas y pro-democráticas en Cuba que comenzaron el 11 de julio”. Esta sanción “se basa en la Ley Magnitsky de Responsabilidad por los Derechos Humanos y la aplica, y se dirige a los autores de graves abusos de los derechos humanos y de la corrupción en todo el mundo”[3].

 

Esta sanción implica que todos los bienes e intereses en bienes de estas personas que están bloqueados de acuerdo con las Regulaciones de Control de Activos Cubanos, 31 C.F.R. parte 515 (CACR), continúan siendo bloqueados. El CACR prohíbe a las personas sujetas a la jurisdicción de Estados Unidos negociar con propiedades en las que Cuba o un nacional cubano tenga intereses, a menos que estén autorizadas o exentas.

Además, de conformidad con el Reglamento de Sanciones Globales Magnitsky, 31 C.F.R. parte 583, se bloquean todos los bienes e intereses en bienes de las personas mencionadas anteriormente que se encuentren en los Estados Unidos o en posesión o control de personas estadounidenses, y se prohíben todas las transacciones realizadas por personas estadounidenses o dentro de los Estados Unidos (o en tránsito por ellos) que tengan que ver con bienes o intereses en bienes de personas designadas o bloqueadas de otro modo, a menos que estén autorizadas por una licencia general o específica emitida por la OFAC, o estén exentas de otro modo. Estas prohibiciones incluyen la realización de cualquier contribución o provisión de fondos, bienes o servicios por parte de cualquier persona bloqueada, o en su beneficio, o la recepción de cualquier contribución o provisión de fondos, bienes o servicios de dicha persona.

 

SIRIA

 

  • Con fecha 28 de julio de 2021 la OFAC, ha añadido a la Lista SDN a ocho (8) personas físicas de nacionalidad siria y a diez (10) entidades, en virtud la Executive Order 13894 de 14 de octubre de 2019, “[Q]ue impone sanciones a los responsables, cómplices o partícipes de la comisión de graves abusos de los derechos humanos en Siria”, así como la Executive Order 13572 de 28 de septiembre de 2010, “[Q]ue impone sanciones a determinadas personas responsables o cómplices de abusos de los derechos humanos en Siria, así como a los altos funcionarios de las personas designadas de conformidad con la Executive Order 13572, o a las entidades de su propiedad o control”. Estas sanciones implican que “todos los bienes y participaciones en bienes de las personas designadas descritas anteriormente que se encuentren en Estados Unidos o en posesión o control de personas estadounidenses están bloqueados y deben ser comunicados a la OFAC.

 

Además, “[C]ualquier entidad que sea propiedad, directa o indirectamente, del 50% o más de una o más personas bloqueadas también está bloqueada. A menos que lo autorice una licencia general o específica emitida por la OFAC, o que esté exenta, la normativa de la OFAC prohíbe, en general, todas las transacciones realizadas por personas estadounidenses o dentro (o en tránsito) de los Estados Unidos que impliquen cualquier propiedad o interés en la propiedad de personas designadas o bloqueadas de otro modo. Las prohibiciones incluyen la realización de cualquier contribución o provisión de fondos, bienes o servicios por parte de cualquier persona bloqueada, o en su beneficio, o la recepción de cualquier contribución o provisión de fondos, bienes o servicios de dicha persona“.

 

NOTICIA EMITIDA POR EL U.S. – CUBA TRADE AND ECONOMIC COUNCIL INC.

 

Los dolores de cabeza para el Partido Demócrata tendrán su inicio en noviembre de 2021 con la elección presidencial en Nicaragua y las elecciones locales y regionales en Venezuela y continuarán hasta octubre de 2022 con la elección presidencial en Brasil, y luego hasta octubre/noviembre de 2024 con las elecciones presidenciales en la República de Cuba, México y Venezuela[4]:

  • El 7 de noviembre de 2021 los votantes de Nicaragua elegirán a su presidente y a su asamblea nacional. Se espera que S.E. Daniel Ortega, Presidente de Nicaragua (2006- ), y su esposa, S.E. Rosario María Murillo Zambrana, Vicepresidenta de Nicaragua desde 2017, sean reelegidos.
  • El 21 de noviembre de 2021, los votantes de Venezuela elegirán a los candidatos para los cargos locales y regionales.
  • El 5 de octubre de 2022, los votantes de Brasil elegirán a su presidente. Si ningún candidato obtiene el 50% de los votos, habrá una segunda vuelta el 30 de octubre de 2022.
  • El 1 de julio de 2024, los votantes de México elegirán al sucesor del actual Presidente, S.E. Andrés Manuel López Obrador, que está limitado a un mandato.
  • El 10 de octubre de 2024, los votantes de la República de Cuba elegirán a su Presidente. S.E. Miguel Díaz-Canel, Presidente de la República de Cuba (2019- ), no ha confirmado su intención de buscar un segundo mandato de cinco añ El Presidente Díaz-Canel, que también es Primer Secretario del Partido Comunista de la República de Cuba, no puede optar a un tercer mandato presidencial.
  • E. Nicolás Maduro, Presidente de Venezuela (2013- ), no ha confirmado su intención de presentarse a la reelección en noviembre de 2024 o en diciembre de 2024 – tal vez coincidiendo con las elecciones del 5 de noviembre de 2024 para Presidente de los Estados Unidos.

 

La gran incógnita es el impacto del Honorable Donald Trump, 45º Presidente de los Estados Unidos, quien apoyó al Presidente Bolsonaro y excorrió a los Presidentes Díaz-Canel, Maduro y Ortega. También se abstuvo de comentar las decisiones del gobierno de México. Sus decisiones podrían hacer desafiar los mensajes preferidos por los candidatos de ambos partidos políticos a lo largo de 2021, 2022 y 2024. Los tres temas probables: Capitalismo- genial, Comunismo- terrible, Democracia- mejor, y Socialismo- malo. Republicanos: fuertes. Los demócratas, débiles.

 

3. REINO UNIDO

 

BIELORRUSIA

 

  • Con fecha 21 de julio de 2021 el Gobierno británico, en virtud de The Republic Of Belarus (Sanctions) (EU Exit) Regulations 2019 ha añadido a la UK Sanctions List (“Lista UKSL”) a una (1) entidad bielorrusa por “[P]or participar, proporcionar apoyo y promover los esfuerzos más amplios dirigidos por el régimen bielorruso para reprimir a la sociedad civil y a la oposición democrática. La sanción impuesta consiste en la congelación de activos.

 

ANTICORRUPCIÓN

 

  • Con fecha 22 de julio de 2021 el Gobierno británico, en virtud de The Global Anti-Corruption Sanctions Regulations of 2021, ha añadido a la Lista UKSL a una (1) persona física de nacionalidad zimbabwense por “[H]aberse beneficiado de la apropiación indebida de bienes cuando su empresa, canjeó Letras del Tesoro del Gobierno de Zimbabue hasta diez veces su valor oficial. Esto significó que la empresa y esta persona física, como su director general y propietario, se beneficiaron considerablemente a expensas de la estabilidad macroeconómica de Zimbabue”. La sanción impuesta consiste en la congelación de activos y prohibición de viajar.

 

  • Con fecha 22 de julio de 2021 el Gobierno británico, en virtud de The Global Anti-Corruption Sanctions Regulations of 2021, ha añadido a la Lista UKSL a una (1) persona física de nacionalidad ecuatoguineana por “[H]aber estado implicado en la malversación de importantes cantidades de bienes públicos de Guinea Ecuatorial, así como en sobornos, para financiar un fastuoso estilo de vida en varios países del extranjero, incluidos Estados Unidos y Francia, donde poseía bienes cuyo valor era enormemente desproporcionado en comparación con su salario oficial”. La sanción impuesta consiste en la congelación de activos y prohibición de viajar.

 

  • Con fecha 22 de julio de 2021 el Gobierno británico, en virtud de The Global Anti-Corruption Sanctions Regulations of 2021, ha añadido a la Lista UKSL a una (1) persona física de nacionalidad colombiana y venezolana por “[H]aber incurrido en graves actos de corrupción en Venezuela a través de su participación en dos programas públicos venezolanos: los “Comités Locales de Abastecimiento y Producción” (CLAP) y el Gran Plan de Vivienda Venezuela (GMVV). En cada caso, los contratos fueron otorgados indebidamente por funcionarios públicos a empresas de propiedad o controladas por esta persona, en beneficio del funcionario o funcionarios y/o de otra persona, incluido el propio Saab Moran. En el programa CLAP se suministraron alimentos básicos a precios muy inflados. En el caso de la GMVV, la empresa de Saab Moran sólo entregó una pequeña parte de los productos que se habían comprometido a entregar y por los que se había pagado, apropiándose del resto de los fondos”. La sanción impuesta consiste en la congelación de activos y prohibición de viajar.

 

  • Con fecha 22 de julio de 2021 el Gobierno británico, en virtud de The Global Anti-Corruption Sanctions Regulations of 2021, ha añadido a la Lista UKSL a una (1) persona física de nacionalidad colombiana por “[P]or haber incurrido en graves actos de corrupción en Venezuela a través de su participación en dos programas públicos venezolanos: los “Comités Locales de Abastecimiento y Producción” (CLAP) y el Gran Plan de Vivienda Venezuela (GMVV). En cada caso, los contratos se otorgaron indebidamente en beneficio de un funcionario y/o de otra persona, incluida la persona física mencionada. En el programa CLAP, se proporcionaron alimentos básicos a precios muy inflados. En el caso de la GMVV, el Fondo Global de Construcción sólo entregó una pequeña proporción de los productos que se había comprometido a entregar, apropiándose indebidamente del resto de los fondos. La sanción impuesta consiste en la congelación de activos y prohibición de viajar.

 

  • Con fecha 22 de julio de 2021 el Gobierno británico, en virtud de The Global Anti-Corruption Sanctions Regulations of 2021, ha añadido a la Lista UKSL a una (1) persona física de nacionalidad iraquí por “[H]aber estado implicado en graves actos de corrupción, que implicaron la malversación de bienes estatales en su beneficio y en el de otros. En su calidad de gobernador, malversó fondos públicos destinados a los esfuerzos de reconstrucción y a prestar apoyo a la población civil y adjudicó indebidamente contratos y otros bienes estatales. La sanción impuesta consiste en la congelación de activos y prohibición de viajar.

 

Más información:

Lupicinio International Law Firm

C/ Villanueva 29, 28001 Madrid

T: +34 91 436 00 90

F: +34 91 587 24 99

info@lupicinio.com

[1] Decisión 2014/512/PESC del Consejo de 31 de julio de 2014 relativa a medidas restrictivas motivadas por acciones de Rusia que desestabilizan la situación en Ucrania.

[2] Decisión (PESC) 2019/25 del Consejo de 8 de enero de 2019 por la que se modifica y actualiza la lista de personas, grupos y entidades a los que se aplican los artículos 2, 3 y 4 de la Posición Común 2001/931/PESC sobre la aplicación de medidas específicas de lucha contra el terrorismo y se deroga la Decisión (PESC) 2018/1084. https://eur-lex.europa.eu/legal-content/es/TXT/HTML/?uri=CELEX:32019D0025&from=en

[3] U.S.-Cuba Trade and Economic Council, Inc. 22 de julio de 2021. From The White House- “Biden-Harris Administration Measures On Cuba”https://www.cubatrade.org/blog/2021/7/22/from-the-white-house-biden-harris-administration-measures-on-cuba

[4] Brazil, Cuba, Mexico, Nicaragua, Venezuela Elections Impacting Democrat And Republican Strategies For Mid-Term, Presidential Elections In Florida And Other States; Brazil Consequential

July 12th, 2021. U.S.-Cuba Trade and Economic Council, Inc. https://www.cubatrade.org/blog/2021/7/4/eph6ertttouzh7t1aee9dro3a75rfv

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