SANCIONES INTERNACIONALES JUNIO 2022

Las sanciones internacionales se han convertido en un instrumento muy popular de la política exterior. Antes se limitaban a unos pocos casos, ahora tienen un amplio mandato. En principio, las sanciones destinadas a hacer frente a las graves violaciones de los derechos humanos, detener la venta de armas a las partes en los conflictos armados y apoyar las negociaciones de paz son un importante instrumento político. Sin embargo, cada vez hay más pruebas de que la práctica de las sanciones internacionales se ha convertido más en un problema, que en una solución para un orden internacional humano y pacífico. Las principales causas son el uso excesivo de las sanciones en general y el creciente uso de las sanciones como instrumento de poder. Estos hechos también han aumentado los efectos secundarios negativos de las sanciones.

Creemos que es importante mantener un registro de las personas jurídicas y físicas sancionadas por el Reino Unido, la Unión Europea y los Estados Unidos de América. Si su negocio es internacional, esto puede preocuparle, ya que no sólo afectan a los países y personas sancionadas, sino también a quienes hacen negocios con ellos.

 

1. UNIÓN EUROPEA

 RUSIA

  • Con fecha 3 de junio de 2022, se ha publicado en el boletín Oficial de la Unión Europea la DECISIÓN (PESC) 2022/883 del Consejo, de 3 de junio de 2022, por la que se modifica la DECISIÓN 2014/145/PESC relativa a medidas restrictivas respecto de acciones que menoscaban o amenazan la integridad territorial, la soberanía y la independencia de Ucrania.

Habida cuenta de la gravedad de la situación, el Consejo considera que deben añadirse sesenta y cinco personas y dieciocho entidades a la lista de personas, entidades y organismos sujetos a medidas restrictivas que figura en el anexo de la Decisión 2014/145/PESC.

  • Con fecha 3 de junio de 2022, se ha publicado en el boletín Oficial de la Unión Europea la DECISIÓN (PESC) 2022/884 del Consejo, de 3 de junio de 2022, por la que se modifica la DECISIÓN 2014/512/PESC relativa a medidas restrictivas motivadas por acciones de rusia que desestabilizan la situación en Ucrania.

Habida cuenta de la gravedad de la situación, y en respuesta a las acciones de Rusia que desestabilizan la situación en Ucrania, es necesario, en consonancia con los derechos y libertades fundamentales reconocidos por la Carta de los Derechos Fundamentales, en particular con el derecho a la libertad de expresión e información reconocido en su artículo 11, introducir nuevas medidas restrictivas a fin de suspender las actividades de radiodifusión de dichos medios de comunicación en la Unión, o dirigidas a esta. Las medidas deben mantenerse hasta que cese la agresión contra Ucrania y hasta que la Federación de Rusia y sus medios de comunicación asociados dejen de llevar a cabo acciones de propaganda contra la Unión y sus Estados miembros.

  • Con fecha 3 de junio de 2022, se ha publicado en el boletín Oficial de la Unión Europea la DECISIÓN (PESC) 2022/885 del Consejo, de 3 de junio de 2022, por la que se modifica la DECISIÓN 2014/145/PESC relativa a medidas restrictivas respecto de acciones que menoscaban o amenazan la integridad territorial, la soberanía y la independencia de Ucrania.
  • Con fecha 21 de junio de 2022, se ha publicado en el Boletín Oficial de la Unión Europea la DECISIÓN (PESC) 2022/962 del consejo, de 20 de junio de 2022, por la que se modifica la DECISIÓN 2014/386/PESC relativa a medidas restrictivas como respuesta a la anexión ilegal de Crimea y Sebastopol.
  • Con fecha 24 de junio de 2022, se ha publicado en el Boletín Oficial de la Unión Europea la DECISIÓN (PESC) 2022/995 del Consejo, de 24 de junio de 2022, relativa a medidas restrictivas motivadas por acciones de Rusia que desestabilizan a Ucrania.

BIELORRUSIA

  • Con fecha 3 de junio de 2022, se ha publicado en el boletín Oficial de la Unión Europea la DECISIÓN (PESC) 2022/881 del Consejo, de 3 de junio de 2022, por la que se aplica la DECISIÓN 2012/642/PESC relativa a la adopción de medi9das restrictivas habida cuenta de la situación en Bielorrusia y de la participación de este país en la agresión rusa contra Ucrania.

Habida cuenta de la gravedad de la situación en Bielorrusia y las continuas violaciones de los derechos humanos y represión de la sociedad civil y la oposición democrática, procede incluir a doce personas y ocho entidades en la lista de personas físicas y jurídicas, entidades y organismos sujetos a medidas restrictivas que figura en el anexo I de la Decisión 2012/642/PESC.

  • Con fecha 3 de junio de 2022, se ha publicado en el boletín Oficial de la Unión Europea la DECISIÓN (PESC) 2022/882 del Consejo, de 3 de junio de 2022, por la que se aplica la DECISIÓN 2012/642/PESC relativa a la adopción de medi9das restrictivas habida cuenta de la situación en Bielorrusia y de la participación de este país en la agresión rusa contra Ucrania.

En vista de la gravedad de la situación, procede ampliar la lista de entidades de crédito bielorrusas y sus filiales bielorrusas sujetas a medidas restrictivas con respecto a la prestación de servicios especializados de mensajería financiera. También procede ampliar la lista de entidades sujetas a restricciones con respecto a las autorizaciones para la venta, el suministro, la transferencia o la exportación de productos y tecnología de doble uso, y de productos y tecnología que puedan contribuir a la mejora militar y tecnológica de Bielorrusia, o al desarrollo de su sector de la defensa y la seguridad.

DAESH

  • Con fecha 20 de junio de 2022, se ha publicado en el boletín Oficial de la Unión Europea la DECISIÓN (PESC) 2022/950 del consejo, de 20 de junio de 2022, por la que se modifica la Decisión (PESC) 2016/1693 por la que se adoptan medidas restrictivas contra el EIIL (Daesh) y Al-Qaida y personas, grupos, empresas y entidades asociadas con los mismos.

En vista de la amenaza persistente del EIIL (Daesh) y Al-Qaida y de personas, grupos, empresas y entidades asociadas con los mismos, procede añadir a tres personas y un grupo a la lista de personas, grupos, empresas y entidades que figura en el anexo de la Decisión (PESC) 2016/1693.

IRÁN

  • Con fecha 28 de junio de 2022, se ha publicado en el Boletín Oficial de la Unión Europea la DECISIÓN (PESC) 2022/1019 del Consejo, de 27 de junio de 2022, por la que se modifica la DECISIÓN 2010/413/PESC relativa a la adopción de medidas restrictivas contra Irán.

REPÚBLICA DEMOCRÁTICA DEL CONGO

  • Con fecha 28 de junio de 2022, se ha publicado en el Boletín Oficial de la Unión Europea la DECISIÓN DE EJECUCIÓN (PESC) 2022/1020 del Consejo, de 27 de junio de 2022, por la que se aplica la DECISIÓN 2010/788/PESC, relativa a la adopción de medidas restrictivas habida cuenta de la situación en la República Democrática del Congo.

 

2. ESTADOS UNIDOS

RUSIA

  • Con fecha 2 de junio de 2022, en virtud de la Executive Order (E.O.) 14024, que autoriza la imposición de sanciones contra Rusia por sus actividades exteriores perjudiciales, incluida la violación de principios básicos del derecho internacional como el respeto a la integridad territorial de otros Estados, se ha añadido a la lista SDN a diez y siete (17) individuos, diez y seis (16) entidades, seis (6) buques y tres (3) aeronaves.
  • Con fecha 28 de junio de 2022, en virtud de la Executive Order (E.O.) 14024, que autoriza la imposición de sanciones contra Rusia por sus actividades exteriores perjudiciales, incluida la violación de los principios básicos del derecho internacional como el respeto de la integridad territorial de otros Estados, se ha añadido a la lista SDN a cincuenta y siete (57) individuos y a ciento doce (112) entidades.

La Oficina de Control de Activos Extranjeros (OFAC), del Departamento del Tesoro de los Estados Unidos anunció sanciones a personas y entidades, incluida la Corporación Estatal Rostec, “una enorme empresa estatal rusa formada para consolidar la experiencia tecnológica, aeroespacial y militar de Rusia” y sus principales participaciones y filiales.

Además, la Orden Ejecutiva (E.O.) 14068 del 11 de marzo de 2022 (“Prohibición de ciertas importaciones, exportaciones y nuevas inversiones con respecto a la continuación de la agresión de la Federación Rusa”) amplía las prohibiciones de la sección 1(a)(i) del E.O. 14068 al oro de origen ruso.

En consecuencia, la importación en Estados Unidos de oro de origen ruso está de la Federación Rusa está prohibida, excepto en la medida prevista por la ley, o a menos que se autorice por la Oficina de Control de Activos Extranjeros. Esta determinación excluye el oro de origen de la Federación Rusa origen de la Federación Rusa que se encontraba fuera de la Federación Rusa antes de la fecha de entrada en vigor de esta determinación.

NARCÓTICOS

  • Con fecha 2 de junio de 2022, en virtud de la Illicit-drugs-EO, se ha añadido a la lista SDN a seis (6) individuos de nacionalidad mexicana.

La Oficina de Control de Activos Extranjeros (OFAC) del Departamento del Tesoro de los Estados Unidos designó a seis personas en virtud de la Orden Ejecutiva (OE) 14059 por su apoyo o sus acciones en nombre del Cartel de Jalisco Nueva Generación (CJNG), una organización violenta con sede en México que trafica una parte importante del fentanilo y otras drogas mortales que entran en los Estados Unidos. La acción de hoy es el resultado de la colaboración entre el Departamento del Tesoro de EE.UU., el Gobierno de México y la Agencia Antidroga de EE.UU. (DEA). La Oficina de Aduanas y Protección Fronteriza de los Estados Unidos también ha prestado apoyo en este caso.

“La violencia y la corrupción han sido fundamentales para el crecimiento del CJNG en la última década”, dijo el Subsecretario del Tesoro para Terrorismo e Inteligencia Financiera, Brian E. Nelson. “Estas dos fuerzas han alimentado la expansión territorial del cártel, y con ello una mayor capacidad para traficar drogas mortales a los Estados Unidos. Mientras tanto, las redes de apoyo ayudan a los líderes fugitivos del CJNG a permanecer en la clandestinidad y evadir la justicia. El Tesoro continuará trabajando con socios estadounidenses y el gobierno mexicano para atacar la violencia, la corrupción y la facilitación que sustentan el poder del CJNG”.

Severo Flores Mendoza (Flores Mendoza) es un funcionario corrupto de la policía municipal y nacional de México que proporciona información policial al CJNG a cambio de sobornos. Actualmente, Flores Mendoza es el jefe de policía de Ameca, Jalisco, México. También es el coordinador de jefes de policía de la región de los Valles de Jalisco, que está compuesta por 14 municipios, incluido Ameca. Esta región se encuentra en la zona comprendida entre Guadalajara y Puerto Vallarta. Flores Mendoza ha ocupado otros cargos policiales en Jalisco durante la última década. En 2014, Flores Mendoza reprobó un examen de confianza aplicado a funcionarios policiales, pero ha continuado su carrera en las fuerzas del orden.

Julio César Montero Pinzón (Montero Pinzón) forma parte de un violento grupo de aplicación de la ley del CJNG con sede en Puerto Vallarta que orquesta asesinatos de rivales y políticos utilizando armamento de alta potencia. Montero Pinzón, de nacionalidad mexicana, es un estrecho colaborador de Carlos Andrés Rivera Varela (alias “La Firma”) y Francisco Javier Gudino Haro (alias “La Gallina”), que ya fueron designados. Puerto Vallarta es un bastión estratégico del CJNG, no sólo para el narcotráfico sino también para el lavado de dinero y la extorsión.

Saúl Alejandro Rincón Godoy (Rincón Godoy) (alias “Chopa”) era un alto miembro del CJNG que murió recientemente en Puerto Vallarta tras un enfrentamiento con las autoridades mexicanas. Antes de su muerte, Rincón Godoy actuaba como intermediario entre el líder del CJNG, Rubén Oseguera Cervantes (Osegura Cervantes, alias “Mencho”), y miembros de alto nivel del cártel, y estaba vinculado a los asesinatos realizados por el CJNG en Puerto Vallarta. También dirigió una red de apoyo a Osegura Cervantes, que incluía a los miembros de su familia que hoy están siendo designados:  Esther Godoy Arellano (madre), Angelberto Rincón Godoy (hermano), Julio Efraín Rincón Godoy (hermano), y Moisés González Anguiano (cuñado), recientemente detenido por las autoridades mexicanas.

BALCANES

  • Con fecha 6 de junio de 2022 la OFAC, en virtud de la BALKANS Executive Order (E.O.) 14033 (“Orden ejecutiva”), ha añadido a la lista SDN a dos (2) personas físicas de nacionalidad bosnia.

TERRORISMO

  • Con fecha 15 de junio de 2022 la OFAC, en virtud de la Secondary Sanctions risk: section 1(b) of Executive Order 13224 (“Riesgos Secundarios de las Sanciones: Sección 1(b) de la Orden Ejecutiva 13224”), ha añadido a la lista SDN a tres (3) personas físicas, en relación con el movimiento imperialista ruso.

La Oficina de Control de Activos Extranjeros (OFAC) del Departamento del Tesoro de los Estados Unidos está designando a dos partidarios clave del grupo extremista violento de motivación étnica conocido como el Movimiento Imperial Ruso (MRI) de conformidad con la Orden Ejecutiva (OE) 13224, en su versión modificada. El RIM fue designado previamente por el Departamento de Estado de los Estados Unidos como organización terrorista global especialmente designada (SDGT) el 7 de abril de 2020 por haber proporcionado entrenamiento para actos de terrorismo. Coincidiendo con la acción de la OFAC de hoy, el Departamento de Estado de Estados Unidos también designó a una persona por suponer un riesgo significativo de cometer actos de terrorismo.

“El Movimiento Imperial Ruso ha tratado de recaudar y mover fondos utilizando el sistema financiero internacional con la intención de construir una red global de grupos violentos que fomentan opiniones extremistas y subvierten los procesos democráticos”, dijo el Subsecretario del Tesoro para Terrorismo e Inteligencia Financiera, Brian E. Nelson. “El MRI y sus partidarios continúan exacerbando la guerra de agresión de Rusia en Ucrania a través de sus esfuerzos de recaudación de fondos. Seguiremos identificando oportunidades para desbaratar las redes de extremistas violentos con motivaciones raciales y étnicas que buscan entrenar, recaudar fondos o reclutar a través de las fronteras y evitar que el sistema financiero internacional se convierta en una incubadora de actividades extremistas violentas”.

La acción de hoy implementa la Estrategia Nacional para Contrarrestar el Terrorismo Doméstico y apunta específicamente a un grupo de Extremistas Violentos con Motivación Racial y Étnica (REMVE) que se ha acercado a individuos en los Estados Unidos. La OFAC, en coordinación con el Departamento de Estado, otros componentes del gobierno federal y los aliados extranjeros, continuará identificando a las entidades e individuos que cumplan con los criterios para ser designados como SDGT de acuerdo con la estrategia nacional.

IRÁN

  • Con fecha 16 de junio de 2022 la OFAC, en virtud de la IRAN Executive Order (E.O.) 13846 (“Orden Ejecutiva”), ha añadido a la lista SDN a dos (2) personas físicas y a nueve (9) entidades.

NICARAGUA

  • Con fecha 17 de junio de 2022 la OFAC, en virtud de la Executive Order (E.O.) 13851, ha añadido a la lista SDN a una (1) persona física y a una (1) entidad.

La Oficina de Control de Activos Extranjeros (OFAC) del Departamento del Tesoro de los Estados Unidos designó a la empresa minera estatal nicaragüense Empresa Nicaragüense de Minas (ENIMINAS), así como a un funcionario del Gobierno de Nicaragua, en virtud de la Orden Ejecutiva (OE) 13851.

El régimen Ortega-Murillo amañó las elecciones presidenciales nicaragüenses del pasado noviembre mediante el encarcelamiento arbitrario de la oposición política, el bloqueo de los partidos políticos, el cierre de los medios de comunicación independientes y el amedrentamiento de la sociedad civil. Están profundizando su relación con Rusia mientras ésta libra una guerra contra Ucrania, al tiempo que utilizan los ingresos procedentes del oro para seguir oprimiendo al pueblo de Nicaragua y realizar actividades que suponen una amenaza para la seguridad del hemisferio. Estados Unidos continuará utilizando todas las herramientas disponibles para promover la rendición de cuentas y el cumplimiento de las normas internacionales por parte del régimen Ortega-Murillo.

“A medida que el régimen Ortega-Murillo se involucra cada vez más con Rusia y continúa llenando sus arcas con los importantes ingresos explotados del sector aurífero nicaragüense, el régimen ha dado la espalda al pueblo nicaragüense, descuidando sus medios de vida para obtener ganancias del régimen”, dijo el Subsecretario del Tesoro para Terrorismo e Inteligencia Financiera, Brian E. Nelson. “Los Estados Unidos continúan apoyando al pueblo nicaragüense contra el injusto encarcelamiento de opositores políticos y el asalto sostenido a la democracia de Nicaragua por parte del régimen Ortega-Murillo”.

En 2017, el Gobierno de Nicaragua creó la empresa estatal ENIMINAS para consolidar su control sobre el sector minero nicaragüense. Una de las funciones de la empresa es regular la minería del oro mediante la emisión de concesiones de tierras a empresas nacionales y extranjeras, que cuentan con varias empresas conjuntas con firmas privadas. Altos cargos del régimen Ortega-Murillo se han beneficiado enormemente del aumento de las exportaciones de oro de Nicaragua en los últimos años, debido en gran parte al enorme papel que ha desempeñado ENIMINAS en la canalización de los beneficios a los socios del sector privado y los sobornos a las personas del régimen. Las exportaciones de oro de Nicaragua han aumentado drásticamente en los últimos años. En 2021, las exportaciones de oro de Nicaragua a Estados Unidos aumentaron en un treinta por ciento, totalizando más de 744 millones de dólares. Estas exportaciones representaron el setenta y nueve por ciento de todas las exportaciones de oro de Nicaragua durante el año.

La OFAC designó a ENIMINAS de acuerdo con el E.O. 13851 por ser propiedad o estar controlada por, o por actuar o pretender actuar para o en nombre de, directa o indirectamente, Ruy Delgado López.  Junto con esta acción, la OFAC emitió la Licencia General de Nicaragua (GL) 3, que proporciona una autorización de tiempo limitado que permite a las personas de EE.UU. a liquidar las transacciones relacionadas con ENIMINAS. La OFAC también emitió una guía asociada señalando que las personas extranjeras no corren el riesgo de ser sancionadas por participar en las actividades autorizadas por la GL 3.

Ruy Delgado López (López) es el presidente de la junta directiva de la empresa estatal ENIMINAS, y está siendo designado, de conformidad con la OE 13851, por ser un funcionario del Gobierno de Nicaragua o haber servido como funcionario del Gobierno de Nicaragua en cualquier momento a partir del 10 de enero de 2007.  El Departamento del Tesoro ha designado previamente a otras dos personas que ocuparon este mismo cargo, Ramón Humberto Calderón Vindell en enero de 2022 y Francisco López Centeno en julio de 2018.

López está siendo designado por ser un funcionario del Gobierno de Nicaragua o por haber servido como funcionario del Gobierno de Nicaragua en cualquier momento a partir del 10 de enero de 2007. ENIMINAS está siendo designada por ser propiedad o estar controlada por, o haber actuado o pretendido actuar para o en nombre de, directa o indirectamente, López.

 

3. REINO UNIDO

AL-QAEDA

  • Con fecha 14 de junio de 2022 el Gobierno británico, en virtud de Regime: ISIL (Da’esh) and Al Qaida Sanctions Regime ha añadido a la UK Sanction list (“Lista UKSL”) a seis (6) nuevos individuos.

RUSIA

  • Con fecha 16 de junio de 2022 el Gobierno británico, en virtud de Regime: Russia (Sanctions) (Eu Exit) Regulations 2019 (Régimen: Reglamento de Rusia (sanciones) (salida de la UE) de 2019) ha añadido a la UK Sanctions List (“Lista UKSL”) a doce (12) nuevos individuos.
  • Con fecha 29 de junio de 2022 el Gobierno británico, en virtud de Regime: Russia (Sanctions) (Eu Exit) Regulations 2019 (Régimen: Reglamento de Rusia (sanciones) (salida de la UE) de 2019) ha añadido a la UK Sanctions List (“Lista UKSL”) a trece (13) nuevos individuos.

MYANMAR

  • Con fecha 16 de junio de 2022 el Gobierno británico, en virtud de Regime: Myanmar Sanctions Regime ha añadido a la UK Sanction list (“Lista UKSL”) a seis (6) nuevos individuos.

SIRIA

  • Con fecha 29 de junio de 2022 el Gobierno británico, en virtud de Syria Sanctions Regime ha añadido a la UK Sanction list (“Lista UKSL”) a siete (7) nuevos individuos.

 

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En Madrid, a 30 de junio de 2022

Departamento de Comercio Internacional y Sanciones

Lupicinio International Law Firm

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