SANCIONES INTERNACIONALES: NOVEDADES ENERO, FEBRERO Y MARZO 2020

 

SANCIONES INTERNACIONALES ENERO 2020

UNIÓN EUROPEA

1. RUSIA

El 28 de enero se publicaron en el Diario Oficial de la Unión Europea el Reglamento (UE) de Ejecución 2020/119 y la Decisión (PESC) 2020/120 del Consejo , que modifican el Anexo I del Reglamento (UE) 2014/269 , así como el Anexo I de la Decisión (PESC) 2014/145 , respectivamente.

Mediante las mencionadas modificaciones se incluyen en ambos Anexos a cuatro (4) personas físicas de nacionalidad rusa, sancionadas con la inmovilización de todos sus capitales y recursos económicos por su implicación en la organización de elecciones locales por parte de Rusia en la República Autónoma de Crimea y en la ciudad ucraniana de Sebastopol.

2. UCRANIA

• El 28 de enero de 2020, en virtud de los mencionados Decisión (PESC) 2020/120 del Consejo y Reglamento (UE) de Ejecución 2020/119(1), se incluyen a tres (3) personas físicas de nacionalidad ucraniana, sancionadas con la inmovilización de todos sus capitales y recursos económicos por su implicación en la organización de elecciones locales por parte de Rusia en la República Autónoma de Crimea y en la ciudad ucraniana de Sebastopol.

3. MALI

• El 28 de enero de 2020 se publicaron en el Diario Oficial de la Unión Europea el Reglamento (UE) de Ejecución 2020/116 y la Decisión (PESC) 2020/118 , que modifican el Anexo I del Reglamento (UE) 2017/1770, así como el Anexo I de la Decisión (PESC) 2017/1775, respectivamente. De esta manera se incluyen en ambos Anexos a cinco (5) personas físicas de nacionalidad maliense por su implicación en actos que comprometen la paz, la seguridad, la estabilidad o las misiones de Naciones Unidas presentes en Mali, inmovilizando todos los capitales y recursos económicos de las referidas personas y aplicando las sanciones impuestas sobre las mismas en virtud de la Resolución 2374 (2017) del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas.

4. TÚNEZ

• El 28 de enero de 2020 se publicaron en el Diario Oficial de la Unión Europea el Reglamento (UE) de Ejecución 2020/115 del Consejo y la Decisión (PESC) 2020/117 del Consejo , que modifican el Anexo I del Reglamento (UE) 2011/101 del Consejo , así como el Anexo I de la Decisión (PESC) 2011/72 del Consejo , respectivamente. De esta manera se modifica la información dispuesta en ambos Anexos relativa a cuarenta y ocho (48) personas físicas y entidades de nacionalidad tunecina sancionadas por su implicación en la malversación y apropiación indebida de fondos públicos tunecinos, inmovilizando todos sus capitales y recursos económicos.

ESTADOS UNIDOS

1. CHINA

• El 23 de enero de 2020 la Office of Foreign Assets Control (“OFAC”) ha añadido a la Specially Designated Nationals and Blocked Persons List (“Lista SDN”) a dos (2) personas físicas de nacionalidad china y a cinco (5) entidades chinas por sus inversiones en Irán, en virtud de la Executive Order 13846, de 6 de agosto de 2018, que impone sanciones a entidades que operen en determinados sectores estratégicos de la economía iraní, como los sectores petrolífero, automovilístico o metalúrgico.

• El Congreso de Estados Unidos sigue estudiando un proyecto de ley sobre sanciones a China por motivo de la detención de la minoría uigur. No ha sido aprobada ninguna ley por el momento.

2. RUSIA

• El 29 de enero de 2020 la OFAC ha añadido a la Lista SDN a cinco (5) personas físicas rusas, así como a una (1) entidad rusa, en virtud de la Executive Order 13660, de 10 de marzo de 2014, dictada a raíz del conflicto armado en Ucrania y que inmoviliza los activos de cualquier persona física o jurídica considerada como responsable o cómplice de llevar a cabo actuaciones que comprometen la paz, la estabilidad, la soberanía o la integridad territorial de Ucrania.

3. VENEZUELA

• El 17 de enero de 2020, la OFAC ha introducido modificaciones en las siguientes General Licenses:

– General License 8E en relación con las Executive Orders 13850, de 1 de noviembre de 2018, y 13884, de 5 de agosto de 2019: sustituye la anterior General License 8D y amplía, hasta el 20 de abril de 2020, la autorización a cinco (5) entidades estadounidenses (Chevron Corporation, Halliburton, Schlumberger Limited, Weatherford International PLC y Baker Hughes Co) para llevar a cabo cualquier actuación necesaria para el mantenimiento de relaciones contractuales y operaciones preexistentes con PDVSA.

– General License 6A en relación con la mencionada Executive Order 13850, de 1 de noviembre de 2018: sustituye la anterior General License 6 y autoriza, hasta el 21 de enero de 2020, ciertas transacciones con las entidades venezolanas Globovisión Tele C.A. y Globovisión Tele CA, Corp.

– General License 5B en relación con la Executive Order 13835, de 21 de mayo de 2018: sustituye la anterior General License 5A y autoriza transacciones relacionadas con ciertos bonos emitidos por PDVSA.

– General License 20B, en relación con las mencionadas Executive Orders 13850, de 1 de noviembre de 2018, y 13884, de 5 de agosto de 2019: sustituye la anterior General License 20A y autoriza a ciertas organizaciones internacionales (la Organización de las Naciones Unidas, el Banco Mundial, la Organización de Estados Americanos, el Banco Interamericano de Desarrollo y el Movimiento Internacional de la Cruz Roja) para realizar cualquier transacción o actividad relacionada con el Gobierno o el Banco Central de Venezuela, prohibida por dichas Executive Orders.

• El 21 de enero de 2020, la OFAC ha añadido a siete (7) personas físicas de nacionalidad venezolana y a quince (15) aeronaves venezolanas a la Lista SDN, en virtud de la Executive Order 13884, de 5 de agosto de 2019, que inmoviliza los activos del Gobierno de Venezuela, así como los de cualquier persona física o jurídica que haya proporcionado apoyo financiero, material o tecnológico a personas sancionadas en virtud de dicha Executive Order.

4. UCRANIA

• El 29 de enero de 2020 la OFAC ha añadido a la Lista SDN a tres (3) personas físicas ucranianas, en virtud de lo dispuesto en la Executive Order 13660, de 10 de marzo de 2014, dictada a raíz del conflicto armado en Ucrania y que inmoviliza los activos de cualquier persona física o jurídica considerada como responsable o cómplice de llevar a cabo actuaciones que comprometan la paz, la estabilidad, la soberanía o la integridad territorial de Ucrania.

SANCIONES INTERNACIONALES FEBRERO 2020

UNIÓN EUROPEA

1. TURQUÍA

● El 27 de febrero de 2020 se publicaron en el Diario Oficial de la Unión Europea el Reglamento (UE) de Ejecución 2020/274 del Consejo , y la Decisión (PESC) 2020/275 del Consejo , que modifican el Reglamento (UE) 2019/1890 del Consejo y la Decisión (PESC) 2019/1894 del Consejo, respectivamente.

Dichas modificaciones se realizaron para incluir a dos (2) personas físicas de nacionalidad turca vinculadas a la Turkish Petroleum Corporation que, a su vez, se encuentra relacionada con actividades no autorizadas de perforación, exploración y producción de hidrocarburos en la zona económica exclusiva de la República de Chipre.

2. BIELORRUSIA

● El 18 de febrero de 2020 se ha publicado en el Diario Oficial de la Unión Europea la Decisión (PESC) 2020/214 del Consejo, de 17 de febrero de 2020, por la que se modifica la Decisión (PESC) 2012/642 relativa a la adopción de medidas restrictivas contra Belarús.

Mediante dicha modificación la Unión Europea prorroga hasta el 28 de febrero de 2021 las medidas ya existentes contra Bielorrusia, es decir, el embargo de armas y de equipos que podrían ser usados para represión interna, así como la congelación de activos y prohibición de viajar a cuatro (4) personas físicas de nacionalidad bielorrusa.

3. CUBA

● El Juzgado de Primera Instancia Nº 24 de Palma de Mallorca, mediante Auto de fecha 2 de septiembre de 2019, ha determinado que los tribunales españoles carecen de competencia judicial internacional para resolver la demanda planteada por Central Santa Lucía L.C., antigua propietaria de unos terrenos situados en Cuba en una zona denominada “Ingenio Santa Lucía” y confiscados por el Gobierno cubano, contra la empresa española Melía Hotels International S.A. (“Melía”), pretendiendo la incautación de las ganancias obtenidas por esta última debido a la explotación de un complejo hotelero en Cuba situado en los mencionados terrenos expropiados.

El mencionado Auto ha sido objeto de recurso de apelación interpuesto por Central Santa Lucía L.C. ante la Audiencia Provincial, frente al cual Melía ha presentado escrito de oposición.

4. SIRIA

● Con fecha 17 de febrero de 2020 se han publicado en el Diario Oficial de la Unión Europea el Reglamento de Ejecución (UE) 2020/211 del Consejo y la Decisión de Ejecución (PESC) 2020/212 del Consejo , que modifican tanto el Anexo II del Reglamento (UE) n.º 2012/36 del Consejo, como el Anexo I de la Decisión (PESC)2013/255 del Consejo, respectivamente.

Mediante dichas modificaciones se añaden a ocho (8) personas físicas de nacionalidad siria y a dos (2) entidades sirias a la lista de personas sancionadas, incluidas en los Anexos antes mencionados, debido a sus vínculos con el régimen de Assad en Siria.

5. UGANDA

● El 13 de febrero de 2020 se publicaron en el Diario Oficial de la Unión Europea el Reglamento de Ejecución (UE) 2020/189 del Consejo y la Decisión (PESC) 2020/190 , que modifican el Reglamento (UE) 2005/1183, y la Decisión (PESC) 2010/788 del Consejo, respectivamente.

Se incluye de esta manera en el Anexo I de ambas normas a una (1) persona física de nacionalidad ugandesa por participar y apoyar actos que socavan la paz, la estabilidad y la seguridad de la República Democrática del Congo.

6. ZIMBABWE

● El 18 de febrero de 2020 se han publicado en el Diario Oficial de la Unión Europea los Reglamentos (UE) 2020/213 y 2020/219 , así como la Decisión (PESC) 2020/215 del Consejo , que modifican el Reglamento (UE) 2004/314 y la Decisión (PESC) 2011/101, respectivamente.

Mediante dichas modificaciones se prorrogan las restricciones sobre Zimbabwe hasta el 20 de febrero de 2021. Asimismo se elimina de la lista de personas sancionadas a una (1) persona física, el expresidente de Zimbabwe Robert Gabriel Mugabe, y se añaden a cuatro (4) personas físicas de nacionalidad zimbabuense, entre las que se incluye al general del ejército zimbabuense Constantino Chiwenga y a Grace Mugabe, viuda del mencionado Robert Gabriel Mugabe, así como a la entidad zimbabuense Zimbabwe Defense Industries, asociada al Ministerio de Defensa de dicho país.

ESTADOS UNIDOS

1. CUBA

● El 3 de febrero de 2020, en relación con la demanda presentada por Havana Docks Corporation (“Havana Docks”) frente a Carnival Corporation ante los Tribunales del Estado de Florida (caso Havana Docks Corporation vs. Carnival Corporation D/B/A Carnival Cruise Lines), en virtud del Título III de la Cuban Liberty and Democratic Solidarity (Libertad) Act de 1996, también conocida como Ley Helms – Burton, Havana Docks ha presentado una moción para oponerse a la nueva excepción presentada a su vez por Carnival Corporation para solicitar la desestimación de la demanda.

La demanda fue presentada por Havana Docks el pasado 2 de mayo de 2019 frente a Carnival Corporation por, en la terminología de la Ley Helms – Burton, “traficar” en “propiedades confiscadas” por el Gobierno cubano, en este caso en relación con determinadas propiedades situadas en el Puerto de la Habana. Carnival Corporation se opuso, alegando que Havana Docks no ostentaba un derecho de propiedad sobre los terrenos en cuestión en el momento en el que empezó a operar sobre los mismos.

El pasado 28 de agosto de 2019 el Tribunal rechazó esta excepción planteada por Carnival Corporation. Sin embargo, en relación con otras dos demandas presentadas por Havana Docks, también al amparo del citado Título III de la Ley Helms – Burton, frente a MSC Cruises y Norwegian Cruise Lines por motivos similares, el mismo Tribunal sí estimó las excepciones planteadas por ambas demandadas, las cuales solicitaban la desestimación de la demanda por los mismos motivos alegados ahora por Carnival Corporation. Por este motivo, Carnival Corporation volvió a plantear esta misma excepción el pasado 7 de enero de 2020.

● El 5 de febrero de 2020 el Departamento de Estado de Estados Unidos ha comunicado al vicepresidente ejecutivo y consejero delegado de Melía, Gabriel Escarrer, que vetaría su entrada en territorio estadounidense, en virtud de las medidas previstas por el Título IV de la mencionada Ley Helms – Burton.

Concretamente, la sección 401 de dicho Título IV prevé la posibilidad de denegar la entrada en Estados Unidos de quienes “trafiquen” con “propiedades confiscadas” por el Gobierno cubano a partir del 1 de enero de 1959, incluyendo a los directivos de una empresa, o de sus sociedades participadas, a las que se le impute tal comportamiento. En todo caso, debe tratarse de personas que ejercen un cierto grado de control sobre la sociedad.

● El 26 de febrero de 2020 el John S. Shepard Family Trust ha desistido de la demanda presentada frente a NH Hotels USA Inc,. y NH Hotel Group S.A. al amparo del citado Título III de la Ley Helms – Burton (caso John S. Shepard Family Trust, through John S. Shepard and Lawrence Jaffe as Co-Trustees vs NH Hotels USA Inc,. and NH Hotel Group S.A.).

2. RUSIA

● El 18 de febrero de 2020 la Office of Foreign Assets Control (“OFAC”) ha añadido a la Specially Designated Nationals and Blocked Persons List (“Lista SDN”) a una (1) persona física de nacionalidad rusa en virtud de la Executive Order 13850, de 1 de noviembre de 2018, por gestionar la venta y transporte de petróleo crudo venezolano, actividades que se encuentran sancionadas.

3. VENEZUELA

● El 7 de febrero de 2020 la OFAC ha añadido a la Lista SDN a una (1) entidad venezolana y cuarenta (40) aeronaves venezolanas, en virtud de la Executive Order 13884, de 5 de agosto de 2019, que inmoviliza los activos del Gobierno de Venezuela, así como los de cualquier persona física o jurídica que haya proporcionado apoyo financiero, material o tecnológico a personas sancionadas en virtud de dicha Executive Order.

4. LÍBANO

● El 26 de febrero de 2020 la OFAC ha añadido a la Specially Designated Global Terrorists List (“Lista SDGT”) a doce (12) entidades libanesas y tres (3) personas físicas de nacionalidad libanesa vinculados a la Fundación de los Mártires, parte de la red de apoyo de Hezbollah.

5. IRÁN

● El 20 de febrero de 2020 la OFAC ha añadido a la Lista SDN a cinco (5) personas físicas de nacionalidad iraní, en virtud de la Executive Order 13876, de 24 de junio de 2019, que impone sanciones individuales sobre el Líder Supremo de la República Islámica de Irán, la Oficina del Líder Supremo, cualquier funcionario del gobierno iraní y persona nombrada por el Líder Supremo de la República Islámica de Irán para un cargo oficial. También se prevé la exclusión del sistema financiero estadounidense de cualquier entidad financiera que facilite transacciones en interés de las personas sancionadas en virtud esta Executive Order.

● El 27 de febrero de 2020 se ha publicado la General License 8 “Authorizing Certain Humanitarian Trade Transactions Involving the Central Bank of Iran” mediante la cual se permiten transacciones humanitarias con el Banco Central de Irán en determinados casos. Dicha General License se concede con motivo de la entrada en vigor del Swiss Humanitarian Trade Agreement (SHTA), suscrito por Estados Unidos.

6. IRAQ

● El 26 de febrero de 2020 la OFAC ha añadido a la Lista SDN a una (1) persona física de nacionalidad iraquí por ser el secretario general de la Foreign Terrorist Organization (Organización Terrorista Extranjera) Hezbollah.

7. SUIZA

● El 18 de febrero de 2020 la OFAC ha añadido a la Lista SDN a una (1) entidad suiza, en virtud de la Executive Order 13850, de 1 de noviembre de 2018, por gestionar la venta y transporte de petróleo crudo venezolano, actividades que se encuentran sancionadas.

SANCIONES INTERNACIONALES MARZO 2020

UNIÓN EUROPEA

1. RUSIA

● El 13 de marzo de 2020 se publicaron en el Diario de la Unión Europea la Decisión (PESC) 2020/399 del Consejo y el Reglamento (UE) de Ejecución 2020/398 , que modifican la Decisión (PESC) 2014/145 del Consejo y el Reglamento (UE) n.º 2014/269 del Consejo , respectivamente.

Dichas modificaciones prorrogan hasta el 15 de septiembre de 2020 las medidas impuestas contra las personas de nacionalidad rusa incluidas en el Anexo de la Decisión (PESC) 2014/145 del Consejo y en el Anexo I del Reglamento (UE) n.º 2014/269 del Consejo por considerarse que menoscaban o amenazan la integridad territorial, la soberanía y la independencia de Ucrania. Las mencionadas medidas consisten principalmente en la congelación de fondos, así como en la prohibición de poner fondos u otros recursos económicos a disposición de las personas incluidas en los referidos anexos.

2. UCRANIA

● El 6 de marzo de 2020 se publicaron en el Diario Oficial de la Unión Europea la Decisión (PESC) 2020/373 del Consejo y el Reglamento de Ejecución (UE) 2020/370 del Consejo , que modifican la Decisión (PESC) 2014/119 del Consejo y el Reglamento (UE) n.º 2014/208 del Consejo , respectivamente.

Dichas modificaciones prorrogan hasta el 6 de marzo de 2021 la inmovilización de bienes vigente contra diez (10) personas físicas de nacionalidad ucraniana consideradas responsables de malversación de fondos públicos ucranianos o de abuso de poder causante de pérdida para los fondos públicos ucranianos. Dichas medidas no han sido prorrogadas para dos (2) personas físicas.

● El 13 de marzo de 2020, en virtud de la ya mencionada Decisión (PESC) 2020/399 del Consejo y del Reglamento de Ejecución (UE) 2020/398 se prorrogan hasta el 15 de septiembre de 2020 las sanciones impuestas a las personas físicas de nacionalidad ucraniana incluidas en el Anexo de la Decisión (PESC) 2014/145 del Consejo y en el Anexo I del Reglamento (UE) n.º 2014/269 del Consejo, respectivamente, por considerarse que las mismas menoscaban o amenazan la integridad territorial, la soberanía y la independencia de Ucrania.

3. REPÚBLICA DEMOCRÁTICA DEL CONGO

● El 20 de marzo de 2020 se publicó en el Diario Oficial de la Unión Europea el Reglamento de Ejecución (UE) 2020/415 del Consejo , que modifica el Anexo I del Reglamento (CE) 2005/1183 del Consejo . Dicha modificación actualiza la información relativa a una (1) persona física sujeta a medidas restrictivas.

4. EGIPTO

● El 20 de marzo de 2020 se publicaron en el Diario Oficial de la Unión Europea la Decisión (PESC) 2020/418 del Consejo y el Reglamento de Ejecución (UE) 2020/416 del Consejo , que modifican la Decisión (PESC) 2011/172 del Consejo y el Reglamento (UE) no 2011/270 del Consejo , respectivamente.

Dichas modificaciones prorrogan las medidas restrictivas habida cuenta de la situación en Egipto hasta el 22 de marzo de 2021, esto es, la congelación de activos de las personas y entidades de nacionalidad egipcia incluidas en el Anexo de la Decisión (PESC) 2011/172 del Consejo y en el Anexo II del Reglamento (UE) no 2011/270 del Consejo, además de la prohibición de poner a disposición de estas personas, directa o indirectamente, cualquier fondo o activo.

5. LIBIA

● El 30 de marzo de 2020 se publicó en el Diario Oficial de la Unión Europea la Decisión (PESC) 2020/458 del Consejo , que modifica la Decisión (PESC) 2015/1333 del Consejo . Mediante dicha modificación se prorrogan las medidas restrictivas establecidas hasta el 2 de octubre de 2020, en vista de la situación existente en Libia.

6. REPÚBLICA CENTROAFRICANA

● El 17 de marzo de 2020 se publicó en el Diario Oficial de la Unión Europea la Decisión (PESC) 2020/ 408 del Consejo , que modifica el artículo 2, apartado 1, letra g) de la Decisión (PESC) 2013/798 del Consejo . Dicha modificación amplía las exenciones al embargo de armas actualmente vigente.

ESTADOS UNIDOS

1. CHINA

● El 2 de marzo de 2020 la Office of Foreign Assets Control (“OFAC”) ha añadido a la Specially Designated Nationals And Blocked Persons List (“Lista SDN”) a dos (2) personas físicas de nacionalidad china por estar involucradas en el blanqueamiento de criptomonedas, tras previamente haber llevado a cabo una intrusión cibernética.

● El 18 de marzo de 2020 la OFAC ha añadido a la Lista SDN a cinco (5) entidades chinas, en virtud de lo dispuesto en la Executive Order 13846, de 6 de agosto de 2018, que impone sanciones a entidades que operen en determinados sectores estratégicos de la economía iraní, como los sectores petrolífero, automovilístico o metalúrgico.

2. UCRANIA

● El 20 de marzo de 2020 la OFAC ha modificado dos Licencias Generales relacionadas con GAZ Group para prolongarlas: La Ukraine-related General License No.13N, por la cual se autorizan cierto tipo de transacciones de GAZ Group y la Ukraine-related General License No. 15H, por la cual se autorizan cierto tipo de actividades de GAZ Group.

3. NICARAGUA

● El 5 de marzo de 2020 la OFAC ha añadido a la Lista SDN a tres (3) personas físicas de nacionalidad nicaragüense y a una (1) entidad nicaragüense, debido a vulneraciones de derechos humanos por la Policía Nacional de Nicaragua (PNN).

4. EMIRATOS ÁRABES UNIDOS

● El 19 de marzo de 2020 la OFAC ha añadido a la Lista SDN a cinco (5) entidades emiratíes, en virtud de lo dispuesto en la previamente mencionada Executive Order 13846, de 6 de agosto de 2018, que impone sanciones a entidades que operen en determinados sectores estratégicos de la economía iraní, como los sectores petrolífero, automovilístico o metalúrgico.

5. IRÁN

● El 18 de marzo de 2020 la OFAC ha añadido a la Lista SDN a tres (3) personas físicas de nacionalidad iraní y a dos (2) entidades iraníes, en virtud de lo dispuesto en la previamente mencionada Executive Order 13846, de 6 de agosto de 2018.

● El 26 de marzo de 2020 la OFAC ha añadido a la Specially Designated Global Terrorist (“Lista SDGT”) a once (11) personas físicas de nacionalidad iraní y a tres (3) entidades iraníes.

6. IRAQ

● El 18 de marzo de 2020 la OFAC ha añadido a la Lista SDGT a una (1) persona física de nacionalidad iraquí.

● El 26 de marzo de 2020 la OFAC ha añadido a la Lista SDGT a cuatro (4) personas físicas de nacionalidad iraquí y a dos (2) entidades iraquíes.

7. MÉXICO

● El 11 de marzo de 2020 la OFAC ha añadido a la Lista SDN a cuatro (4) entidades mexicanas por su relación con el narcotráfico, en aplicación de lo dispuesto en el Foreign Narcotics Kingpin Designation Act, de 3 de diciembre de 1999 (“Kingpin Act”), que impone sanciones económicas y financieras a narcotraficantes extranjeros, así como a estas organizaciones a nivel internacional.

8. SIRIA

● El 17 de marzo de 2020 la OFAC ha añadido a la Lista SDN a una (1) persona física de nacionalidad siria, en virtud de lo dispuesto en la Executive Order 13894, de 14 de octubre de 2019, bloqueando sus bienes y suspendiendo su entrada por su contribución a la situación en Siria.

9. SUDÁFRICA

● El 18 de marzo de 2020 la OFAC ha añadido a la Lista SDN a una (1) entidad sudafricana, en virtud de lo dispuesto en la previamente mencionada Executive Order 13846, de 6 de agosto de 2018, que impone sanciones a entidades que operen en determinados sectores estratégicos de la economía iraní, como los sectores petrolífero, automovilístico o metalúrgico.

10. SUIZA

● El 12 de marzo de 2020 la OFAC ha añadido a la Lista SDN y a la Sectoral Sanctions Identifications List (“Lista SSIL”) a una (1) entidad suiza por gestionar la venta y transporte de petróleo crudo venezolano.

11. ZIMBABWE

● El 11 de marzo de 2020 la OFAC ha añadido a la Lista SDN a dos (2) personas físicas zimbabuenses en virtud de la Executive Order 13288, de 6 de marzo de 2003, que inmoviliza los activos de personas por comprometer a la democracia y a las instituciones de Zimbabwe, mientras que cuatro (4) personas físicas zimbabuenses han sido excluidas

 

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Reglamento (UE) de Ejecución 2020/119 del Consejo, de 28 de enero de 2020, por el que se aplica el Reglamento (UE) 2014/269, de 17 de marzo de 2014, relativo a la adopción de medidas restrictivas respecto de acciones que menoscaban o amenazan la integridad territorial, la soberanía y la independencia de Ucrania.

Decisión (PESC) 2020/120 del Consejo, de 28 de enero de 2020, que modifica la Decisión (PESC) 2014/145, de 17 de marzo de 2014, relativa a medidas restrictivas respecto de acciones que menoscaban o amenazan la integridad territorial, la soberanía y la independencia de Ucrania.
Reglamento (UE) nº. 2014/269 del Consejo, de 14 de marzo de 2014, relativo a la adopción de medidas restrictivas respecto de acciones que menoscaban o amenazan la integridad territorial, la soberanía y la independencia de Ucrania.

Decisión (PESC) 2014/145 del Consejo, de 17 de marzo de 2014, relativa a medidas restrictivas respecto de acciones que menoscaban o amenazan la integridad territorial, la soberanía y la independencia de Ucrania.

Reglamento (UE) de Ejecución 2020/116 del Consejo, de 27 de enero de 2020, por el que se aplica el artículo 12.1 del Reglamento (UE) 2017/1770, relativo a medidas restrictivas habida cuenta de la situación en Mali.

Decisión (PESC) 2020/118, de 27 de enero de 2020, por la que se aplica la Decisión (PESC) 2017/1775, relativa a la adopción de medidas restrictivas habida cuenta de la situación en Mali.

Reglamento (UE) de Ejecución 2020/115, de 27 de enero de 2020, por el que se aplica el Reglamento (UE) 2011/101 del Consejo, de 4 de febrero de 2011, relativo a medidas restrictivas dirigidas contra determinadas personas, entidades y organismos habida cuenta de la situación en Túnez.

Decisión (PESC) 2020/117, de 27 de enero de 2020, que modifica la Decisión (PESC) 2011/72 del Consejo, de 31 de enero de 2011, relativa a medidas restrictivas dirigidas contra determinadas personas y entidades habida cuenta de la situación en Túnez.

Reglamento (UE) 2011/101 del Consejo, de 4 de febrero de 2011, relativo a medidas restrictivas dirigidas contra determinadas personas, entidades y organismos habida cuenta de la situación en Túnez.

Decisión (PESC) 2011/72 del Consejo, relativa a medidas restrictivas dirigidas contra determinadas personas y entidades habida cuenta de la situación en Túnez.

Reglamento de Ejecución (UE) 2020/274 del Consejo, de 27 de febrero de 2020, por el que se aplica el Reglamento (UE) 2019/1890, de 11 de noviembre de 2019, relativo a la adopción de medidas restrictivas habida cuenta de las actividades de perforación no autorizadas de Turquía en el Mediterráneo oriental.

Decisión (PESC) 2020/275, de 27 de febrero de 2020, que modifica la Decisión (PESC) 2019/1894, de 11 de noviembre de 2019, relativa a la adopción de medidas restrictivas habida cuenta de las actividades de perforación no autorizadas de Turquía en el Mediterráneo oriental.

Reglamento de Ejecución (UE) 2020/211 del Consejo, de 17 de febrero de 2020, por el que se aplica el Reglamento (UE) Nº 2012/36, de 18 de enero de 2012, sobre medidas restrictivas habida cuenta de la situación en Siria.

Decisión (PESC) 2020/212 del Consejo, de 17 de febrero de 2020, por la que se aplica la Decisión (PESC) 2013/255, de 31 de mayo de 2013, relativa a la adopción de medidas restrictivas contra Siria.

Reglamento de Ejecución (UE) 2020/189 del Consejo, de 12 de febrero de 2020, implementando el artículo 9 del Reglamento (UE) 2005/1183, de 18 de julio de 2005, por el que se imponen medidas restrictivas específicas dirigidas contra personas que incurren en violación del embargo de armas en relación con la República Democrática del Congo.

Decisión (PESC) 2020/190, de 12 de febrero de 2020, que implementa la Decisión (PESC) 2010/788 del Consejo, de 20 de diciembre de 2010, relativa a la adopción de medidas restrictivas contra la República Democrática del Congo y por la que se deroga la Posición Común (PESC) 2008/369.

Reglamento (UE) 2020/213, de 17 de febrero de 2020, que modifica el Reglamento 2004/314 del Consejo, de 19 de febrero de 2004, relativo a determinadas medidas restrictivas respecto de Zimbabwe.

Reglamento de Ejecución (UE) 2020/219, de 17 de febrero de 2020, que modifica el Reglamento 2004/314 del Consejo, relativo a determinadas medidas restrictivas respecto de Zimbabwe.

Decisión (PESC) 2020/215 del Consejo, de 17 de febrero de 2020, que modifica la Decisión (CFSP) 2011/101, de 15 de febrero de 2011, relativa a medidas restrictivas respecto de Zimbabwe.

Decisión (PESC) 2020/399 del Consejo, de 12 de marzo de 2020, por la que se modifica la Decisión (PESC) 2014/145 del Consejo, relativa a la adopción de medidas restrictivas respecto de acciones que menoscaban o amenazan la integridad territorial, la soberanía y la independencia de Ucrania.

Reglamento de Ejecución (UE) 2020/398 del Consejo, de 12 de marzo de 2020, por el que se aplica el Reglamento (UE) no 2014/269 del Consejo, relativo a la adopción de medidas restrictivas respecto de acciones que menoscaban o amenazan la integridad territorial, la soberanía y la independencia de Ucrania.

Decisión (PESC) 2014/145 del Consejo, de 17 de marzo de 2014, relativa a las medidas restrictivas respecto de acciones que menoscaban o amenazan la integridad territorial, la soberanía y la independencia de Ucrania.

Reglamento (UE) 2014/269 del Consejo, de 17 de marzo de 2014, relativo a la adopción de medidas restrictivas respecto de acciones que menoscaban o amenazan la integridad territorial, la soberanía y la independencia de Ucrania.

Decisión (PESC) 2020/373 del Consejo, de 5 de marzo de 2020, por la que se modifica la Decisión (PESC) 2014/119 del Consejo relativa a medidas restrictivas dirigidas contra determinadas personas, entidades y organismos habida cuenta de la situación en Ucrania.

Reglamento de Ejecución (UE) 2020/370 del Consejo, de 5 de marzo de 2020, por el que se aplica el Reglamento (UE) n.º 2014/208 del Consejo relativo a las medidas restrictivas dirigidas contra determinadas personas, entidades y organismos habida cuenta de la situación en Ucrania.

Decisión (PESC) 2014/119 del Consejo, de 5 de marzo de 2014, relativa a medidas restrictivas dirigidas contra determinadas personas, entidades y organismos habida cuenta de la situación en Ucrania.

Reglamento (UE) 2014/208 del Consejo, de 5 de marzo de 2014, relativo a las medidas restrictivas dirigidas contra determinadas personas, entidades y organismos habida cuenta de la situación en Ucrania.

Decisión (PESC) 2020/415 del Consejo, de 19 de marzo de 2020, por la que se aplica el artículo 9 del Reglamento (CE) nº. 2005/1183 del Consejo por el que se imponen medidas restrictivas específicas dirigidas contra personas que incurren en violación del embargo de armas en relación con la República Democrática del Congo.

Reglamento (CE) 2005/1183 del Consejo, de 18 de julio de 2005, por el que se imponen medidas restrictivas específicas dirigidas contra personas que incurren en violación del embargo de armas en relación con la República Democrática del Congo.

Decisión (PESC) 2020/418 del Consejo, de 19 de marzo de 2020, por la que se modifica la Decisión (PESC) 2011/172 del Consejo relativa a las medidas restrictivas dirigidas contra determinadas personas, entidades y organismos habida cuenta de la situación en Egipto.

Reglamento de Ejecución (UE) 2020/416 del Consejo, de 19 de marzo de 2020, por el que se aplica el Reglamento (UE) n.º 2011/270 del Consejo, relativo a las medidas restrictivas dirigidas contra determinadas personas, entida

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