El miércoles 27 de noviembre, el Presidente Trump firmó la Ley de Derechos Humanos y Democracia de Hong Kong de 2019 (HKHRDA), que, entre otras cosas, modifica la Ley de Política de Hong Kong de 1992.
Lo primero que hay que destacar es que la nueva ley no es el resultado de una de las acciones individuales a las que estamos tan acostumbrados por el Presidente de los Estados Unidos, sino que es una norma aprobada en la Cámara de Representantes y en el Senado casi unánimemente por republicanos y demócratas.
La HKHRDA es un claro apoyo a los participantes en las manifestaciones y disturbios que se están produciendo en Hong Kong desde hace unos meses y su objetivo es presionar a China para que busque una solución pacífica y amistosa al conflicto de la antigua colonia británica.
Los principales mandatos de la HKHRDA son los siguientes:
El Secretario de Estado, tras consultar los informes emitidos por diversos organismos, debe presentar a las Comisiones de Asuntos Exteriores de las dos Cámaras del Congreso una declaración anual que justifique el mantenimiento del trato especial de Hong Kong en virtud de la Ley de 1992. Esto significa, entre otras cosas, que de lo contrario la ciudad autónoma perdería los acuerdos comerciales que tiene con los Estados Unidos, que hasta la fecha le han conferido una situación comercial muy favorable. También dejaría de estar exenta de las sanciones internacionales impuestas por América del Norte.
El Presidente debería identificar y castigar a los responsables de detenciones arbitrarias, torturas y confesiones forzadas en Hong Kong, así como a los responsables de actos y decisiones que contravengan las obligaciones legales de China con respecto a Hong Kong y, en general, a los implicados en importantes violaciones de los derechos humanos internacionalmente reconocidos.
El Presidente debería desarrollar una estrategia para proteger los intereses de EE.UU. relacionados con Hong Kong.
El Presidente debería informar anualmente a una comisión específica de miembros del Senado y de la Cámara de Representantes sobre el cumplimiento por parte de Hong Kong de la legislación estadounidense en materia de control de las exportaciones, especialmente con respecto a los productos de doble uso y la aplicación de sanciones, principalmente a Corea del Norte e Irán.
No se denegarán visados estadounidenses por el hecho de que el solicitante haya sido arrestado, detenido o sancionado por participar en protestas en Hong Kong en apoyo de la democracia, los derechos humanos y el Estado de Derecho.
Podemos decir que, en general, estas medidas no son excesivamente rigurosas y su eficacia real dependerá en gran medida de las posiciones adoptadas por la Administración americana. Por ejemplo, si el Presidente identifica y castiga a un pequeño número de personas y de bajo rango, las restricciones serán de poca identidad. Además, todo sigue dependiendo en gran medida de las evaluaciones extraordinariamente discrecionales realizadas por el Secretario de Estado y otras entidades públicas.
Sin embargo, la República Popular China ha expresado repetidamente su rechazo rotundo a la ley HKHRDA. En este sentido, compartimos su posición; siempre nos hemos opuesto a las sanciones internacionales por muchas razones, incluyendo su escasa efectividad práctica y su efecto perverso en el daño fundamental a los sectores más débiles de la sociedad. Además, porque implican una injerencia en los asuntos internos de un país contraria al derecho internacional y porque exacerban los ánimos de los sectores más radicales del Estado sancionado. Sin embargo, además de todas estas razones, la ley HKHRDA es particularmente censurable porque fue adoptada en un momento muy delicado, es decir, precisamente cuando los Estados Unidos y China se enfrentan y mantienen negociaciones difíciles, debido a la cuestión arancelaria en la que parecía que había un acercamiento de posiciones. Desde esta perspectiva, HKHRDA no hace más que añadir combustible a una hoguera que parecía estar comenzando a encogerse.
Autores
José Luis Iriarte, Of Counsel
Lupicinio Rodríguez, Socio Director