SANCIONES INTERNACIONALES NOVIEMBRE 2022

Las sanciones internacionales se han convertido en un instrumento muy popular de la política exterior. Antes se limitaban a unos pocos casos, ahora tienen un amplio mandato. En principio, las sanciones destinadas a hacer frente a las graves violaciones de los derechos humanos, detener la venta de armas a las partes en los conflictos armados y apoyar las negociaciones de paz son un importante instrumento político. Sin embargo, cada vez hay más pruebas de que la práctica de las sanciones internacionales se ha convertido más en un problema, que en una solución para un orden internacional humano y pacífico. Las principales causas son el uso excesivo de las sanciones en general y el creciente uso de las sanciones como instrumento de poder. Estos hechos también han aumentado los efectos secundarios negativos de las sanciones.

Creemos que es importante mantener un registro de las personas jurídicas y físicas sancionadas por el Reino Unido, la Unión Europea y los Estados Unidos de América. Si su negocio es internacional, esto puede preocuparle, ya que no sólo afectan a los países y personas sancionadas, sino también a quienes hacen negocios con ellos.

 

1. UNIÓN EUROPEA

BIRMANIA

  • Con fecha 8 de noviembre de 2022, se ha publicado en el Boletín Oficial de la Unión Europea la DECISIÓN (PESC) 2022/21878 del Consejo, de 8 de noviembre de 2022, por la que se modifica la Decisión 2013/184/PESC relativa a medidas restrictivas habida cuenta de la situación en Myanmar/Birmania.

Habida cuenta de que perdura la grave situación en Myanmar/Birmania, debe añadirse a diecinueve personas y una entidad en la lista de personas físicas y jurídicas, entidades y organismos sujetos a medidas restrictivas que figura en el anexo de la Decisión 2013/184/PESC.

TURQUÍA

  • Con fecha 9 de noviembre de 2022, se ha publicado en el Boletín Oficial de la Unión Europea la DECISIÓN (PESC) 2022/2186 DEL CONSEJO, de 8 de noviembre de 2022, por la que se modifica la Decisión (PESC) 2019/1894 relativa a la adopción de medidas restrictivas habida cuenta de las actividades de perforación no autorizadas de Turquía en el Mediterráneo oriental.

MALI

  • Con fecha 9 de noviembre de 2022, se ha publicado en el Boletín Oficial de la Unión Europea la DECISIÓN DE EJECUCIÓN (PESC) 2022/2187 DEL CONSEJO, por la que se aplica la Decisión (PESC) 2017/1775 relativa a la adopción de medidas restrictivas habida cuenta de la situación en Mali.

REPÚBLICA POPULAR DEMOCRÁTICA DE COREA

  • Con fecha 9 de noviembre de 2022, se ha publicado en el Boletín Oficial de la Unión Europea la DECISIÓN DE EJECUCIÓN (PESC) 2022/2188 DEL CONSEJO, de 8 de noviembre de 2022, por la que se aplica la Decisión (PESC) 2016/849 relativa a la adopción de medidas restrictivas contra la República Popular Democrática de Corea.

VENEZUELA

  • Con fecha 11 de noviembre de 2022, se ha publicado en el Boletín Oficial de la Unión Europea la DECISIÓN (PESC) 2022/2201 DEL CONSEJO, de 10 de noviembre de 2022, por la que se modifica la Decisión (PESC) 2017/2074 relativa a medidas restrictivas, habida cuenta de la situación en Venezuela.

ARMAS QUÍMICAS

  • Con fecha 14 de noviembre de 2022, se ha publicado en el Boletín Oficial de la Unión Europea la DECISIÓN (PESC) 2022/2232 DEL CONSEJO, de 14 de noviembre de 2022, por la que se modifica la Decisión (PESC) 2018/1544 relativa a la adopción de medidas restrictivas contra la proliferación y el uso de armas químicas.

La Unión ha condenado firmemente el uso de armas químicas por parte de Siria y el incumplimiento por este país de sus obligaciones internacionales en virtud de la Convención sobre las Armas Químicas, como han demostrado investigaciones exhaustivas y rigurosas realizadas por las Naciones Unidas y la OPAQ. La Unión ha planteado estas preocupaciones en varios foros e insta a Siria a que vuelva a cumplir plenamente la Convención sobre las Armas Químicas.

RUSIA

  • Con fecha 14 de noviembre de 2022, se ha publicado en el Boletín Oficial de la Unión Europea la DECISIÓN (PESC) 2022/2233 DEL CONSEJO, de 14 de noviembre de 2022, por la que se modifica la Decisión 2014/145/PESC relativa a medidas restrictivas respecto de acciones que menoscaban o amenazan la integridad territorial, la soberanía y la independencia de Ucrania.

IRÁN

  • Con fecha 14 de noviembre de 2022, se ha publicado en el Boletín Oficial de la Unión Europea la DECISIÓN DE EJECUCIÓN (PESC) 2022/2234 DEL CONSEJO, de 14 de noviembre de 2022, por la que se aplica la Decisión 2011/235/PESC relativa a medidas restrictivas dirigidas contra determinadas personas y entidades habida cuenta de la situación en Irán.
  • Con fecha 14 de noviembre de 2022, se ha publicado en el Boletín Oficial de la Unión Europea la DECISIÓN DE EJECUCIÓN (PESC) 2022/2235 DEL CONSEJO, de 14 de noviembre de 2022, por la que se aplica la Decisión 2011/235/PESC relativa a medidas restrictivas dirigidas contra determinadas personas y entidades habida cuenta de la situación en Irán.

El 25 de septiembre de 2022, el Alto Representante de la Unión para Asuntos Exteriores y Política de Seguridad emitió una declaración en nombre de la Unión en la que lamentaba el uso generalizado y desproporcionado de la fuerza por parte de las fuerzas de seguridad iraníes contra manifestantes pacíficos, que habían causado un elevado número de muertes y lesiones. En la declaración también se señalaba que los responsables del asesinato de Mahsa Amini debían rendir cuentas, y se instaba a las autoridades iraníes a garantizar que se llevasen a cabo investigaciones transparentes y fidedignas para esclarecer el número de muertes y de personas detenidas, a dejar en libertad a todos los manifestantes pacíficos y a asegurar que se respetaran las garantías procesales de todos los detenidos. Asimismo, la declaración destacaba que la decisión de Irán de restringir drásticamente el acceso a internet y de bloquear las plataformas de mensajería instantánea viola flagrantemente la libertad de expresión. Por último, la declaración afirmaba que la Unión estudiaría todas las opciones a su disposición para abordar el asesinato de Mahsa Amini y la manera en que las fuerzas de seguridad iraníes han respondido a las manifestaciones posteriores.

REPÚBLICA DEMOCRÁTICA DEL CONGO

  • Con fecha 15 de noviembre de 2022, se ha publicado en el Boletín Oficial de la Unión Europea la DECISIÓN (PESC) 2022/2241 DEL CONSEJO, de 14 de noviembre de 2022, por la que se modifica la Decisión 2010/788/PESC relativa a la adopción de medidas restrictivas habida cuenta de la situación en la República Democrática del Congo.

El 30 de junio de 2022, el Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas (CSNU) aprobó la Resolución 2641 (2022), que modifica los criterios para la designación de las personas y entidades sujetas a las medidas restrictivas establecidas en los apartados 9 y 11 de la Resolución 1807 (2008) del CSNU, así como el alcance de la obligación de notificar al Comité de Sanciones, establecido en virtud de la Resolución 1533 (2004) del CSNU, los envíos de armamento y material conexo a la RDC, o cualquier prestación de asistencia técnica, financiación o servicios de corretaje y otros servicios relacionados con actividades militares en la RDC.

HAITÍ

  • Con fecha 28 de noviembre de 2022, se ha publicado en el Boletín Oficial de la Unión Europea la DECISIÓN (PESC) 2022/2319 DEL CONSEJO, de 25 de noviembre de 2022, relativa a la adopción de medidas restrictivas en vista de la situación en Haití.

El 21 de octubre de 2022, el Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas (en lo sucesivo, «Consejo de Seguridad») adoptó la Resolución 2653 (2022), en la que reitera su firme compromiso con la soberanía, la independencia, la integridad territorial y la unidad de Haití.

La Resolución del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas (en lo sucesivo, «RCSNU») 2653 (2022) recuerda todas las resoluciones anteriores del Consejo de Seguridad sobre Haití, en particular la RCSNU 2645 (2022), en la que, entre otras cosas, exigió el cese inmediato de la violencia de bandas y las actividades delictivas y expresó la disposición del Consejo de Seguridad a adoptar, según fuera necesario, las medidas apropiadas contra quienes participaran en actos de violencia de bandas, actividades delictivas o abusos de los derechos humanos o los apoyaran, o realizaran cualquier otra acción que socavara la paz, la estabilidad y la seguridad de Haití y de la región.

Habiendo determinado que la situación en Haití sigue constituyendo una amenaza para la paz y la seguridad internacionales, la RCSNU 2653 (2022) exige que se apliquen restricciones de viaje a las personas designadas por el Comité establecido en su punto 19 (en lo sucesivo, «Comité de Sanciones»), que se congelen todos los fondos y recursos económicos de las personas o entidades designadas por el Comité de Sanciones y que se aplique un embargo de armas a las personas o entidades designadas por el Comité de Sanciones.

 

2. ESTADOS UNIDOS

TERRORISMO

  • Con fecha 3 de noviembre de 2022, la OFAC en virtud de la Executive Order (E.O.) 13224, que autoriza la imposición de sanciones para impedir la financiación del terrorismo, se han añadido a la lista SDN a catorce (14) individuos, diecisiete (17) entidades y once (11) buques.
  • Con fecha 7 de noviembre de 2022, la OFAC en virtud de la Executive Order (E.O.) 13224, que autoriza la imposición de sanciones para impedir la financiación del terrorismo, se han añadido a la lista SDN a cuatro (4) individuos y ocho (8) entidades.
  • Con fecha 30 de noviembre de 2022, la OFAC en virtud de la Executive Order (E.O.) 13224, que autoriza la imposición de sanciones para impedir la financiación del terrorismo, se han añadido a la lista SDN a cuatro (4) individuos.

NARCÓTICOS

  • Con fecha 4 de noviembre de 2022, la OFAC en virtud de la Executive Order (E.O.) 14059, que autoriza la imposición de sanciones a extranjeros envueltos en el tráfico mundial de drogas ilícitas, se han añadido a la lista SDN a dos (2) individuos.
  • Con fecha 17 de noviembre de 2022, la OFAC en virtud de la Executive Order (E.O.) 14059, que autoriza la imposición de sanciones a extranjeros envueltos en el tráfico mundial de drogas ilícitas, se han añadido a la lista SDN a dos (2) individuos y una (1) entidad.

CIBERDELINCUENCIA y COREA DEL NORTE

  • Con fecha 7 de noviembre de 2022, la OFAC en virtud de las Executive Orders (E.O.) 13694 y 13722, por las que se limita la proliferación de actividades cibernéticas maliciosas, y por la que se bloquean propiedades del Gobierno de Corean del Norte y se prohíben ciertas transacciones con respecto a Corea del Norte respectivamente, se han añadido a la lista SDN a dos (2) individuos y una (1) entidad.

BIRMANIA

  • Con fecha 7 de noviembre de 2022, la OFAC en virtud de la Executive Order (E.O.) 14014, por la que se bloquean propiedades con respecto a la situación en Birmania, se han añadido a la lista SDN a un (1) individuo y una (1) entidad.

NARCÓTICOS y TERRORISMO

  • Con fecha 9 de noviembre de 2022, la OFAC en virtud de la Executive Orders (E.O.) 13224 y 14059, por las que se autoriza la imposición de sanciones para impedir la financiación del terrorismo, y por la que se autoriza la imposición de sanciones a extranjeros envueltos en el tráfico mundial de drogas ilícitas respectivamente, se han añadido a la lista SDN a cinco (5) individuos y nueve (9) entidades.

RUSIA

  • Con fecha 14 de noviembre de 2022, la OFAC en virtud de la Executive Order (E.O.) 14024, que autoriza la imposición de sanciones contra Rusia por sus actividades exteriores perjudiciales, incluida la violación de principios básicos del derecho internacional como el respeto a la integridad territorial de otros Estados, se han añadido a la lista SDN a catorce (14) individuos, veintiocho (28) entidades y ocho (8) aeronaves.
  • Con fecha 15 de noviembre de 2022, la OFAC en virtud de la Executive Order (E.O.) 14024, que autoriza la imposición de sanciones contra Rusia por sus actividades exteriores perjudiciales, incluida la violación de principios básicos del derecho internacional como el respeto a la integridad territorial de otros Estados, se han añadido a la lista SDN a dos (2) individuos y dos (2) entidades.

IRAN

  • Con fecha 16 de noviembre de 2022, la OFAC en virtud de la Executive Order (E.O.) 13846, por la que se aplican de nuevo ciertas sanciones con respecto a Iran, se han añadido a la lista SDN a seis (6) individuos.
  • Con fecha 17 de noviembre de 2022, la OFAC en virtud de la Executive Order (E.O.) 13846, por la que se aplican de nuevo ciertas sanciones con respecto a Iran, se han añadido a la lista SDN a ocho (8) entidades.
  • Con fecha 19 de noviembre de 2022, la OFAC en virtud de la Executive Order (E.O.) 13846, por la que se aplican de nuevo ciertas sanciones con respecto a Iran, se han añadido a la lista SDN a tres (3) individuos.

 

3. REINO UNIDO

RUSIA

  • Con fecha 2 de noviembre de 2022, el Gobierno británico, en virtud de Regime: Russia (Sanctions) (Eu Exit) Regulations 2019 (Régimen: Reglamento de Rusia (sanciones) (salida de la UE) de 2019) ha añadido a la UK Sanctions List (“Lista UKSL”) a cuatro (4) personas.
  • Con fecha 30 de noviembre de 2022, el Gobierno británico, en virtud de Regime: Russia (Sanctions) (Eu Exit) Regulations 2019 (Régimen: Reglamento de Rusia (sanciones) (salida de la UE) de 2019) ha añadido a la UK Sanctions List (“Lista UKSL”) a veintidós (22) personas.

IRAN

  • Con fecha 14 de noviembre de 2022 el Gobierno británico, en virtud de Regime: (Sanctions) (Human Rights) (EU Exit) Regulations 2019 (Régimen: Reglamento (sanciones) (Derechos Humanos) (salida UE) para disponer la congelación de fondos y recursos económicos de determinadas personas entidades u organismos implicados en la comisión de graves violaciones de los derechos humanos o abusos en Irán, ha añadido a la UK Sanctions List (“Lista UKSL”) a veinticuatro (24) personas.

 

******

En Madrid, a 30 de noviembre de 2022

Departamento de Comercio Internacional y Sanciones

Lupicinio International Law Firm

SUSCRÍBETE A NUESTRAS NEWSLETTERS

Sanciones Internacionales, Arbitraje, Litigios, Penal, Competencia ¡Y MUCHO MÁS!

Autor

  • Esta página web usa cookies

    Las cookies de este sitio web se usan para personalizar el contenido y analizar el tráfico. Además, compartimos información sobre el uso que haga del sitio web con nuestros partners de análisis web, quienes pueden combinarla con otra información que les haya proporcionado o que hayan recopilado a partir del uso que haya hecho de sus servicios.

    Close Popup
    ¡Configuración de cookies guardada!
    Configuración de Privacidad

    A continuación, puedes elegir qué tipo de cookies permite en este sitio web. Podrá revocar este consentimiento, obtener más información e informarse de sus derechos en la Política de cookies. *Para guardar tu configuración acepta o rechaza las cookies que desees y haz clic en el botón cerrar.


    Funcionales
    • wp-wpml_current_language
    • bm_sz
    • _abck
    • ak_bmsc
    • __cf_bm
    • wordpress_gdpr_cookies_allowed
    • wordpress_gdpr_cookies_declined
    • wordpress_gdpr_allowed_services
    • MCPopupClosed

    Rechazar todos los servicios
    Save
    Acepto todos los servicios