Sanciones Internacionales Mayo 2024

UNIÓN EUROPEA

TERRORISMO

  • Con fecha de 3 de mayo de 2024 se ha publicado en el Diario Oficial de la Unión Europea el Reglamento de Ejecución (UE) 2024/1301 de la Comisión, por el que se modifica por 342.a vez el Reglamento (CE) nº 881/2002 del Consejo, por el que se imponen determinadas medidas restrictivas específicas dirigidas contra determinadas personas y entidades asociadas con las organizaciones EIIL (Daesh) y Al-Qaida.
  • Con fecha de 17 de mayo de 2024 se ha publicado en el Diario Oficial de la Unión Europea el Reglamento de Ejecución (UE) 2024/1390 del Consejo, por el que se aplica el Reglamento (UE) 2019/796 relativo a medidas restrictivas contra los ciberataques que amenacen a la Unión o a sus Estados miembros.

El Reglamento de Ejecución del 17 de mayo de 2024, modifica el anexo I del Reglamento (UE) 2019/796 ante la persistencia y el aumento de los comportamientos malintencionados en el ciberespacio. Así pues, actualiza los motivos para incluir a seis personas y dos entidades en la lista de personas físicas y jurídicas, entidades y organismos sujetos a medidas restrictivas que figuran en ese anexo.

VENEZUELA

  • Con fecha 13 de mayo de 2024 se ha publicado en el Diario Oficial de la Unión Europea el Reglamento de Ejecución (UE) 2024/1340 del Consejo, por el que se aplica el Reglamento (UE) 2017/2063 relativo a medidas restrictivas habida cuenta de la situación en Venezuela.

El Consejo considera que las medidas restrictivas establecidas en Venezuela deben prorrogarse hasta el 10 de enero de 2025. Por lo tanto, procede modificar el anexo IV del Reglamento 2017/2063 mediante el Reglamento 2024/1340 por el que se actualizan las entradas correspondientes a seis personas físicas, suspendiendo además las restricciones de viaje aplicadas a otras cuatro personas físicas incluidas en la lista.

IRÁN

  • Con fecha 14 de mayo de 2024 se ha publicado en el Diario Oficial de la Unión Europea el Reglamento (UE) 2024/1338 del Consejo, por el que se modifica el Reglamento (UE) 2023/1529 relativo a medidas restrictivas habida cuenta del apoyo militar de Irán a la guerra de agresión de Rusia contra Ucrania.
  • Con fecha de 30 de mayo de 2024 se ha publicado en el Diario Oficial de la Unión Europea el Reglamento de Ejecución (UE) 2024/1601 de la Comisión, por el que se modifica el Reglamento (CE) nº 474/2006 en lo que atañe a la lista de las compañías aéreas cuya explotación queda prohibida o sujeta a restricciones dentro de la Unión.

El Consejo de la UE considera que dada la situación, en respuesta al apoyo militar de Irán a la guerra de agresión de Rusia contra Ucrania y al suministro de vehículos aéreos no tripulados y misiles a grupos en Oriente Próximo y el mar Rojo, “que socavan la paz y la seguridad”, se establecerán nuevas medidas restrictivas con respecto a Irán. Se modifica el Reglamento (UE) 2023/1529 para imponer medidas de inmovilización de activos contra individuos y entidades involucrados en el programa de misiles de Irán o que suministren vehículos aéreos no tripulados o tecnología relacionada a Rusia o grupos armados “en contravención” de la Resolución 2216 (2015) del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas.

Además, se prohíbe la exportación, la venta, la transferencia o el suministro a Irán de otros componentes que pudieran ser utilizados en el desarrollo y la producción de vehículos aéreos no tripulados.

Entre los sancionados se encuentran altos oficiales militares iraníes y la empresa Shahed Aviation Industries, vinculada a los poderosos Guardianes de la Revolución.

RUSIA

  • Con fecha 17 de mayo de 2024 se ha publicado en el Diario Oficial de la Unión Europea el Reglamento (UE) 2024/1428 del Consejo, por el que se modifica el Reglamento (UE) n.° 833/2014 relativo a medidas restrictivas motivadas por acciones de Rusia que desestabilizan la situación en Ucrania.
  • Con fecha 21 de mayo de 2024 se ha publicado en el Diario Oficial de la Unión Europea el Reglamento (UE) 2024/1469 del Consejo, por el que se modifica el Reglamento (UE) n.° 833/2014 relativo a medidas restrictivas motivadas por acciones de Rusia que desestabilizan la situación en Ucrania.
  • Con fecha 27 de mayo de 2024 se ha publicado en el Diario Oficial de la Unión Europea el Reglamento (UE) 2024/1485 del Consejo, por el que se adoptan medidas restrictivas habida cuenta de la situación en Rusia.

El Reglamento de la UE, adoptado el 21 de mayo de 2024, modifica el Reglamento (UE) n.º 833/2014 para incluir medidas adicionales en respuesta a la agresión militar de Rusia contra Ucrania, destacando la necesidad de utilizar los ingresos extraordinarios generados por los depositarios centrales de valores a partir de activos retenidos del Banco Central de Rusia para apoyar a Ucrania. Estas medidas, vigentes desde el 15 de febrero de 2024, exigen que los depositarios gestionen y contabilicen estos ingresos por separado, prohibiendo su disposición hasta que se decida su contribución financiera a la recuperación y reconstrucción de Ucrania. Además, se establece un porcentaje específico de estos beneficios que debe ser destinado al apoyo financiero de Ucrania, mientras que las transacciones directas o indirectas con el Banco Central de Rusia permanecen prohibidas.

El Reglamento 2024/1428 de 17 de mayo de 2024 modifica el anexo XV del Reglamento (UE) nº 833/2014 para incluir en el listado de sancionados a nuevas entidades, en respuesta a la agresión militar de Rusia contra Ucrania. Así mismo, el Consejo, para contrarrestar las acciones de propaganda en contra de la Unión Europea por parte de la Federación de Rusia, ha decidido suspender urgentemente las actividades de radiodifusión de cuatro nuevos medios de comunicación en la Unión: Voice of Europe, RIA Novosti, Izvestija, Rossiiskaja Gazeta. Estas medidas estarán vigentes hasta el cese de la agresión. Las sanciones impuestas por la Unión no impiden que los medios afectados ejerzan otras actividades en territorio europeo no relacionadas con la radiodifusión, como la investigación y las entrevistas, siempre y cuando se respeten los derechos fundamentales.

El 27 de mayo de 2024, el Consejo adoptó la Decisión (PESC) 2024/1484, que establece un marco para la adopción de medidas restrictivas selectivas en respuesta a la situación en Rusia y a la represión interna allí ejercida. La decisión identifica actos de represión interna como la tortura y otros tratos o penas crueles, las ejecuciones arbitrarias, las desapariciones, las detenciones arbitrarias y las violaciones graves de derechos humanos y libertades fundamentales. Las medidas restrictivas impuestas por esta decisión incluyen la prohibición de viajar a las personas listadas en su anexo, la inmovilización de fondos y recursos económicos de ciertas personas y entidades también enumeradas, y la prohibición de facilitar fondos y recursos económicos a estas. Además, se imponen restricciones sectoriales a la exportación de artículos que podrían ser utilizados para la represión interna, así como de artículos destinados al control o interceptación de seguridad de la información y las telecomunicaciones.

SIRIA

  • Con fecha 27 de mayo de 2024 se ha publicado en el Diario Oficial de la Unión Europea el Reglamento (UE) 2024/1497 del Consejo, por el que se modifica el Reglamento (UE) n.° 36/2012, relativo a las medidas restrictivas habida cuenta de la situación en Siria.

El 27 de mayo de 2024, el Consejo sustituye la exención del 18 de diciembre de 2023 del Consejo que adoptó el Reglamento (UE) 2023/2877, mediante la Decisión (PESC) 2024/1496, aplicable a la inmovilización de los activos de las personas físicas o jurídicas y entidades designadas, así como a las restricciones a la puesta a disposición de dichas personas físicas o jurídicas y entidades designadas de fondos y recursos económicos. Esta nueva exención será aplicable hasta el 1 de junio de 2025 y prevé, sin perjuicio de la revisión de la Decisión 2013/255/PESC, prorrogar nuevamente dicha exención después del 1 de junio de 2025.

COREA DEL NORTE

  • Con fecha 31 de mayo de 2024 se ha publicado en el Diario Oficial de la Unión Europea el Reglamento de Ejecución (UE) 2024/1602 del Consejo, por el que se aplica el Reglamento (UE) 2017/1509 relativo a medidas restrictivas contra la República Popular Democrática de Corea.

Dado que la República Popular Democrática de Corea ha seguido desarrollando actividades relacionadas con misiles balísticos, violando las Resoluciones pertinentes del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas y demostrando un flagrante desprecio por ellas, además de su apoyo militar a la guerra de agresión de Rusia contra Ucrania, se deben incluir a seis personas y tres entidades en la lista de sujetos a medidas restrictivas que figuran en los anexos XV y XVI del Reglamento (UE) 2017/1509.

 

ESTADOS UNIDOS

RUSIA

  • Con fecha de 1 de mayo de 2024, la OFAC añade en el listado SDN a casi 300 sancionados incluyendo actores que facilitan la adquisición de tecnología y equipos para Rusia. Estos objetivos se han incluido por la intensificación del Departamento del Tesoro de EE.UU. de sus acciones para debilitar la capacidad de Rusia de sostener su maquinaria de guerra, en una campaña multilateral para limitar los ingresos del Kremlin y su acceso a materiales necesarios para su guerra contra Ucrania. Estas medidas apuntan a la base militar-industrial de Rusia, sus programas de armas químicas y biológicas, y a empresas e individuos en terceros países, especialmente en China, que proporcionan insumos críticos a Rusia.
  • Con fecha de 3 de mayo de 2024 la OFAC ha retirado del listado SDN a los siguientes:
    • EMPEROR AVIATION LTD
    • EMPEROR AVIEISHN LTD
  • Con fecha de 6 de mayo de 2024 la OFAC ha retirado del listado SDN a SBERBANK (SWITZERLAND) AG.
  • Con fecha de 7 de mayo de 2024, la OFAC añade en el listado SDN a Dmitry Yuryevich KHOROSHEV, un líder del grupo de ransomware LockBit.
  • Con fecha de 14 de mayo de 2024, la OFAC añade al listado SDN a Dmitrii Aleksandrovichy BELOGLAZOV y a tres entidades rusas: AKTSIONERNOE OBSHCHESTVO ILIADIS, INTERNATIONAL COMPANY JOINT STOCK COMPANY RASPERIA TRADING LIMITED, OBSHCHESTVO S OGRANICHENNOI OTVETSTVENNOSTIU TITUL, implicadas en la venta de acciones congeladas del oligarca Deripaska mediante estructuras de propiedad complejas para eludir sanciones

LÍBANO

  • Con fecha de 2 de mayo de 2024, la OFAC añade en el listado SDN a cinco personas por ayudar al cambista de Hezbollah designado por los Estados Unidos, Hassan Moukalled (Moukalled), y a su empresa, CTEX Exchange, a eludir sanciones y facilitar actividades ilícitas en apoyo de Hezbollah. Estos individuos, incluidos dos cofundadores de CTEX Exchange y dos de los hijos de Moukalled, dirigen dos empresas en el Líbano y los Emiratos Árabes Unidos (EAU) que están siendo sancionadas simultáneamente.

NICARAGUA

  • Con fecha de 15 de mayo de 2024, la OFAC añade en el listado SDN a Ali Yagoub GIBRIL, Osman Mohamed Hamid MOHAMED, y a tres entidades: CAPITAL MINING INVESTMENT NICARAGUA (SA), COMPANIA MINERA INTERNACIONAL (SA), y TRAINING CENTER OF THE RUSSIAN MINISTRY OF INTERNAL AFFAIRS IN MANAGUA. Estos dos individuos han sido sancionados por dirigir la campaña de guerra de las Fuerzas de Apoyo Rápido (RSF).

COREA DEL NORTE

  • Con fecha de 16 de mayo de 2024, la OFAC añade en el listado SDN a Aleksey BUDNEV, Rafael Anatolyevich GAZARYAN, y a tres entidades rusas: RAFORT LIMITED LIABILITY COMPANY, TEKHNOLOGIYA OOO, TRANS KAPITAL LIMITED LIABILITY COMPANY, por facilitar la transferencia de armas entre Rusia y la República Popular Democrática de Corea (RPDC).

TERRORISMO

  • Con fecha de 24 de mayo de 2024, la OFAC ha retirado del listado SDN a EP-MND; Aircraft Construction Number. 632.
  • Con fecha de 28 de mayo de 2024, la OFAC ha añadido en el listado SDN a Jingping LIU, Yunhe WANG, Yanni ZHENG, por sus actividades de ciberdelincuencia relacionadas con la botnet maliciosa vinculada al servicio proxy residencial conocido como 911 S5, y a tres entidades: LILY SUITES COMPANY LIMITED, SPICY CODE COMPANY LIMITED, TULIP BIZ PATTAYA GROUP COMPANY LIMITED, por ser propiedad o estar bajo el control de Yunhe Wang.

 

REINO UNIDO

DERECHOS HUMANOS

  • Con fecha de 3 de mayo de 2024, la OFSI ha añadido a seis nuevos sancionados en el marco del régimen mundial de sanciones contra los derechos humanos.

RUSIA

  • Con fecha de 17 de mayo de 2024, la OFSI ha añadido una nueva designación en el marco del régimen de sanciones a Rusia.

CIBERNÉTICO

  • Con fecha de 7 de mayo de 2024, la OFSI ha añadido una nueva designación en el régimen de sanciones cibernéticas.

SOMALIA

  • Con fecha de 22 de mayo de 2024; la OFSI ha añadido tres nuevas designaciones en el régimen de sanciones a Somalia.

COREA DEL NORTE

  • Con fecha de 17 de mayo de 2024, la OFSI ha añadido 3 nuevas designaciones en el marco del régimen de sanciones a la República Popular Democrática de Corea.

 

*******************************************

En Madrid, 31 de mayo 2024

Departamento de Comercio y Sanciones Internacionales

Lupicinio International Law Firm

SUSCRÍBETE A NUESTRAS NEWSLETTERS

Sanciones Internacionales, Arbitraje, Litigios, Penal, Competencia ¡Y MUCHO MÁS!

Esta página web usa cookies

Las cookies de este sitio web se usan para personalizar el contenido y analizar el tráfico. Además, compartimos información sobre el uso que haga del sitio web con nuestros partners de análisis web, quienes pueden combinarla con otra información que les haya proporcionado o que hayan recopilado a partir del uso que haya hecho de sus servicios.

Close Popup
¡Configuración de cookies guardada!
Configuración de Privacidad

A continuación, puedes elegir qué tipo de cookies permite en este sitio web. Podrá revocar este consentimiento, obtener más información e informarse de sus derechos en la Política de cookies. *Para guardar tu configuración acepta o rechaza las cookies que desees y haz clic en el botón cerrar.


Funcionales
  • wp-wpml_current_language
  • bm_sz
  • _abck
  • ak_bmsc
  • __cf_bm
  • wordpress_gdpr_cookies_allowed
  • wordpress_gdpr_cookies_declined
  • wordpress_gdpr_allowed_services
  • MCPopupClosed

Rechazar todos los servicios
Save
Acepto todos los servicios