Las sanciones de la UE a Rusia y el destino de determinados ingresos extraordinarios procedentes de bienes afectados

Una constante preocupación de la Unión Europea (UE), así como de Estados Unidos, el G7 y otros Estados, es sostener a Ucrania y apoyarla en su recuperación y reconstrucción. En este sentido se han levantado numerosas voces que abogan por emplear los bienes rusos, especialmente los activos públicos, congelados o afectados a causa de las sanciones o al menos los beneficios derivados de los mismos, para destinarlos a Ucrania. La UE acaba de dar un primer paso en esta dirección.

En el DOUE del pasado día 14 han aparecido publicados la Decisión (PESC) 2024/577 del Consejo, de 12 de febrero de 2024, por la que se modifica la Decisión 2014/145/PESC relativa a medidas restrictivas motivadas por acciones de Rusia que desestabilizan la situación en Ucrania y el Reglamento (UE) 2024/576 del Consejo, de 12 de febrero de 2024, por el que se modifica el Reglamento (UE) nº 833/2014 relativo a medidas restrictivas motivadas por acciones de Rusia que desestabilizan la situación en Ucrania.

La razón de ser de estas nuevas normas es la siguiente: los artículos 1 bis, apartado 4, de la Decisión 2014/512/PESC y 5 bis, apartado 4, del Reglamento (UE) 833/2014 prohíben las transacciones con la gestión de activos del Banco Central de Rusia y en especial las transferencias directas o indirectas al Banco Central de Rusia o en su beneficio, o a cualquier persona jurídica, entidad u organismo que actúe en su nombre o bajo su dirección, como por ejemplo el Fondo Nacional de Inversión Ruso. La prohibición de estas transacciones está generando una acumulación extraordinaria e inesperada de saldos de efectivo en los balances contables de los depositarios centrales de valores en el sentido del Reglamento (UE) 909/2014. Ante esta realidad, la UE pretende garantizar que los beneficios inesperados y extraordinarios de los depositarios centrales de valores, acumulados en el periodo comprendido entre la fecha de entrada en vigor de las nuevas normas, es decir el 15 de febrero de 2024, y la fecha en que se levanten o suspendan las medidas restrictivas relativas al Banco Central de Rusia, se utilicen en favor de Ucrania.

En una primera fase, los depositarios centrales de valores deben contabilizar y gestionar los saldos de efectivo extraordinarios que se acumulan a causa de las sanciones contra el Banco Central de Rusia, por separado de sus demás actividades y deben mantener separados los ingresos generados. En una segunda fase, el Consejo podrá decidir el modo en el que esos beneficios deben destinarse a apoyar a Ucrania y su recuperación y reconstrucción.

Por el momento nos encontramos únicamente en la primera fase. A este respecto la nueva normativa establece lo siguiente:

  • Los artículos 1 bis, apartado 4, de la Decisión 2014/512/PESC y 5 bis, apartado 4, del Reglamento (UE) 833/2014 no se aplicarán a las transacciones de gestión de balance contable relacionadas con activos y reservas del Banco Central de Rusia o de cualquier entidad que actúe en su nombre o bajo su dirección, realizadas desde el 28 de febrero de 2022.
  • A partir del 15 de febrero y mientras se mantengan las sanciones establecidas en los citados artículos, los depositarios centrales de valores que posean activos del Banco Central de Rusia o de cualquier entidad que actúe en su nombre o bajo su dirección con un valor total superior a 1.000.000 € tendrán las siguientes obligaciones en relación con los saldos de efectivo acumulados exclusivamente a causa de las sanciones:
      • Dichos saldos se contabilizarán por separado.
      • Los ingresos generados por los saldos de efectivo desde el 15 de febrero se registrarán por separado en las cuentas de los depositarios centrales de valores.
      • Los beneficios netos determinados con respecto a los beneficios mencionados en el apartado anterior, es decir una vez deducidos gastos de gestión y pagos de impuestos, no podrán cederse mediante la distribución en forma de dividendos o en cualquier forma que beneficie a los accionistas o a terceros, hasta que el Consejo decida por unanimidad acerca del establecimiento de una eventual contribución financiera a Ucrania basada en dichos beneficios netos.
      • Hasta que el Consejo tome su decisión cada depositario central de valores podrá solicitar a su autoridad de supervisión que autorice la liberación de una parte de los beneficios netos con el fin de cumplir los requisitos legales en materia de capital y gestión de riesgos.

Por el momento, las nuevas normas solo han establecido unas obligaciones contables, de registro y de retención y únicamente respecto de los saldos de efectivo en los balances contables de los depositarios centrales de valores generados por la prohibición de transacciones con el Banco Central de Rusia y con las entidades que actúan en su nombre o bajo su dirección. En este sentido podemos decir que se trata de unas medidas de muy modesta relevancia, pero que abren un camino muy preocupante, en cuanto que parece que la UE comienza a operar, aunque sea tímidamente, en la dirección de utilizar los activos rusos bloqueados para entregarlos a Ucrania. En una publicación anterior ya hemos advertido de los muchos reparos jurídicos, algunos difícilmente salvables, que suscitaría tal comportamiento de la UE y esperamos sinceramente que las medidas en esta dirección no vayan más lejos.

Por: Lupicinio, Iriarte, Fátima R. y J. Ordoñez.

 

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Más información:

Lupicinio International Law Firm

C/ Villanueva 29
28001 Madrid
T: +34 91 436 00 90

info@lupicinio.com

 

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