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Unión Europea
Rusia
Diciembre y enero se han caracterizado por una actividad intensa y continuada en el marco del régimen de sanciones de la Unión Europea contra la Federación de Rusia, con un flujo de medidas destinadas a reforzar aún más la presión económica y financiera sobre el país. Este endurecimiento se produce al tiempo que la UE avanza en la definición de la prohibición definitiva de los suministros de petróleo y gas natural licuado (GNL), así como en el fortalecimiento de la cooperación financiera con Ucrania.
Dentro de este contexto, destaca la aprobación, en fecha de 13 de diciembre de 2025, del Reglamento (UE) 2025/2600 del Consejo, sobre medidas de emergencia ante las graves dificultades económicas causadas por las acciones de Rusia en el contexto de la guerra de agresión contra Ucrania[1]. Mediante este nuevo Reglamento, se establecen medidas excepcionales y temporales para impedir que Rusia acceda a los activos y reservas de su banco central y entidades vinculadas en la UE, prohibiendo toda transferencia directa o indirecta de esos activos. Además, obliga a bancos centrales y entidades financieras a informar periódicamente a la Comisión sobre los activos inmovilizados. Además, prevé la protección de los bancos y entidades financieras de la UE frente a reclamaciones e intentos de ejecución (incluidas resoluciones judiciales o laudos) promovidos por Rusia o entidades vinculadas por el impacto de estas medidas.
Con la finalidad de incrementar el límite a la actividad de los buques con cuya explotación se favorezcan o apoyen acciones o políticas que contribuyan a las acciones de Rusia contra Ucrania, el 18 de diciembre de 2025 se aprobó el Reglamento (UE) 2025/2618 del Consejo, por el que se modifica el Reglamento (UE) n.° 833/2014, relativo a medidas restrictivas motivadas por acciones de Rusia que desestabilizan la situación en Ucrania, así como la Decisión (PESC) 2025/2617 del Consejo, de 18 de diciembre de 2025, por la que se modifica la Decisión 2014/512/PESC relativa a medidas restrictivas motivadas por acciones de Rusia que desestabilizan la situación en Ucrania. En particular, se añadieron 41 nuevas entradas de buques a la lista que figura en el anexo XVI de la Decisión 2014/512/PESC, los cuales tienen prohibidos los puertos y esclusas de los Estados miembros, al igual que recibir una amplia gama de servicios relacionados con el transporte marítimo. Con estas nuevas adiciones se eleva a casi 600 el número de buques sancionados, en línea con la reciente Declaración de la UE en relación con las posibles amenazas de la flota clandestina.
El 22 de diciembre se adoptó además la Decisión (PESC) 2025/2648 del Consejo, por la que se modifica la Decisión 2014/512/PESC relativa a medidas restrictivas motivadas por acciones de Rusia que desestabilizan la situación en Ucrania, extendiendo la aplicación de esta Decisión hasta el 31 de julio de 2026.
En cuanto al listado de personas físicas y jurídicas, la Unión Europea aprobó el 15 de diciembre de 2025 el Reglamento de Ejecución (UE) 2025/2568 del Consejo, por el que se aplica el Reglamento (UE) 2024/2642 relativo a medidas restrictivas habida cuenta de las actividades desestabilizadoras de Rusia, así como la Decisión (PESC) 2025/2572 del Consejo, de 15 de diciembre de 2025, por la que se modifica la Decisión (PESC) 2024/2643 relativa a la adopción de medidas restrictivas habida cuenta de las actividades desestabilizadoras de Rusia. Estos dos instrumentos introdujeron doce personas físicas y dos entidades en la lista del Anexo I del Reglamento (UE) 2024/2642. Entre ellos se incluye personal de la policía, ideólogos, analistas y miembros de la inteligencia militar, así como dos entidades, incluidas por, según el Consejo, colaborar en la guerra electrónica y amplificar el discurso del Gobierno. Asimismo, el 22 de diciembre se adoptó el Reglamento de Ejecución (UE) 2025/2638 del Consejo, por el que se aplica el Reglamento (UE) 2024/1485 por el que se adoptan medidas restrictivas habida cuenta de la situación en Rusia, así como la Decisión (PESC) 2025/2637 del Consejo, de 22 de diciembre de 2025, por la que se modifica la Decisión (PESC) 2024/1484 relativa a la adopción de medidas restrictivas habida cuenta de la situación en Rusi, añadiéndose dos personas físicas miembros del poder judicial ruso. Y por último, el 29 de enero se aprobó el Reglamento de Ejecución (UE) 2026/259 del Consejo, por el que se aplica el Reglamento (UE) 2024/2642 por el que se adoptan medidas restrictivas habida cuenta de las actividades desestabilizadoras de Rusia, así como la Decisión (PESC) 2026/260 del Consejo, por la que se modifica la Decisión (PESC) 2024/2643 relativa a la adopción de medidas restrictivas habida cuenta de las actividades desestabilizadoras de Rusia, a través de los cuales se incluyeron a otras seis personas físicas el Anexo I de la Decisión (PESC) 2024/2643, entre las que se encuentran periodistas, actores y bailarinas.
En este marco de intensificación de las medidas, el precio máximo del petróleo ruso volvió a ser objeto de revisión a mediados de enero. El 14 de enero de 2026, la UE aprobó el Reglamento de Ejecución (UE) 2026/124 de la Comisión, por el que se modifica el Reglamento (UE) 833/2014 del Consejo, relativo a medidas restrictivas motivadas por acciones de Rusia que desestabilizan la situación en Ucrania. La modificación actualiza el denominado price cap, es decir, el umbral por barril por debajo del cual el crudo ruso puede beneficiarse de una excepción a la prohibición de prestar transporte marítimo y de proporcionar asistencia técnica, servicios de intermediación, financiación o apoyo financiero relacionados con envíos a terceros países.
Finalmente, el 29 de enero de 2026 se aprobó el Reglamento de Ejecución (UE) 2026/262 del Consejo, de 29 de enero de 2026, por el que se aplica el Reglamento (UE) 2023/1529 relativo a medidas restrictivas habida cuenta del apoyo militar de Irán a la guerra de agresión de Rusia contra Ucrania y a grupos y entidades armados en la región de Oriente Próximo y el mar Rojo; así como la Decisión (PESC) 2026/263 del Consejo, de 29 de enero de 2026, por la que se modifica la Decisión (PESC) 2023/1532 relativa a medidas restrictivas habida cuenta del apoyo militar de Irán a la guerra de agresión de Rusia contra Ucrania y a grupos y entidades armados en la región de Oriente Próximo y el mar Rojo. Según el Consejo, la Federación de Rusia ha venido utilizando vehículos aéreos no tripulados (VANT) y componentes de fabricación iraní, incluso en ataques contra población e infraestructuras civiles. En respuesta, la UE ha puesto el foco en el programa estatal iraní de desarrollo y producción de estos sistemas y, como resultado, se incorporaron a las listas de sancionados cuatro personas físicas y seis entidades, entre ellas directivos y empresas dedicadas a la intermediación y comercialización de armamento, ampliando así el alcance del régimen restrictivo sobre la cadena de suministro militar implicada en el conflicto.
Bielorrusia
El 15 de diciembre se aprobaron la Decisión (PESC) 2025/2585 del Consejo, por la que se modifica la Decisión 2012/642/PESC relativa a la adopción de medidas restrictivas habida cuenta de la situación en Bielorrusia y de la participación de este país en la agresión rusa contra Ucrania y el Reglamento (PESC) 2025/2601 del Consejo, por el que se modifica el Reglamento (CE) n.° 765/2006, relativo a la adopción de medidas restrictivas habida cuenta de la situación en Bielorrusia y de la participación de este país en la agresión rusa contra Ucrania.
Estas medidas se orientan a introducir nuevos criterios de inclusión en listas, permitiendo sancionar no solo a los responsables directos, sino también a quienes apoyen, se beneficien o actúen a través de entidades bajo su propiedad o control, cuando contribuyan a acciones atribuibles a Bielorrusia que menoscaben o amenacen la democracia, el Estado de Derecho, la estabilidad o la seguridad en la Unión Europea o en terceros países, incluidas dinámicas propias de actividades híbridas. Se pone el foco en conductas como la manipulación informativa e injerencias, los sabotajes, las actividades cibernéticas malintencionadas o híbridas, la perturbación de infraestructuras críticas y determinadas incursiones no autorizadas en territorio o espacio aéreo de Estados miembros (con referencias recientes, por ejemplo, a incidentes que afectaron a Lituania).
Venezuela
También el 15 de diciembre de 2025 se aprobaron la Decisión (PESC) 2025/2586, por la que se modifica la Decisión (PESC) 2017/2074 relativa a medidas restrictivas habida cuenta de la situación en Venezuela y el Reglamento de Ejecución (UE) 2025/2559, por el que se aplica el Reglamento (UE) 2017/2063 relativo a medidas restrictivas habida cuenta de la situación en Venezuela, a través de los cuales se prorroga las medidas hasta el 10 de enero de 2027 y se actualizan las entradas de 4 personas físicas en el anexo IV.
Haití
El 1 de diciembre de 2025 se aprobó el Reglamento de Ejecución (UE) 2025/2443 del Consejo, por el que se aplica el Reglamento (UE) 2022/2309 por el que se adoptan medidas restrictivas en vista de la situación en Haití. Este primer acto incorporó a dos personas físicas a la lista de sancionados por su implicación en amenazas contra la paz y la seguridad del país. Posteriormente, el 15 de diciembre de 2025, se aprobó un segundo instrumento, el Reglamento de Ejecución (UE) 2025/2567, que amplió de nuevo las designaciones bajo el mismo régimen.
Destaca la inclusión del expresidente de Haití (2011-2016), a quien se acusa de financiar, patrocinar y apoyar a varias bandas armadas para promover su agenda política y proteger sus intereses económicos, así como a la entidad sancionada Banda 5 Segond, una poderosa organización criminal radicada en Puerto Príncipe, que forma parte de la coalición Viv Ansanm (Convivir) y a la que se atribuyen delitos graves como asesinatos, violaciones, piratería, tráfico de armas y drogas y la obstrucción de la asistencia humanitaria.
Estas sanciones se aplican en el marco del Reglamento (UE) 2022/2309 y responden al aumento de la violencia de bandas, las violaciones de los derechos humanos y la persistente impunidad en Haití, integrándose en el marco preventivo de la UE para frenar la crisis humanitaria y de seguridad que atraviesa Haití.
República Popular Democrática de Corea
El 15 de diciembre de 2025 se aprobó el Reglamento de Ejecución (UE) 2025/2558 del Consejo, por el que se aplica el Reglamento (UE) 2017/1509 (régimen de sanciones de la UE contra la República Popular Democrática de Corea).
Siendo lo más relevante la actualización de los expedientes de una persona física y tres entidades por su implicación continuada en los programas de armas nucleares y misiles balísticos y en la elusión de sanciones; afectando, en primer lugar, al vicedirector del Departamento de Industria de Municiones, considerado responsable de dichos programas (con referencias recientes a su presencia en inspecciones vinculadas a cabezas nucleares en marzo de 2023 y a una visita a una instalación de enriquecimiento de uranio en septiembre de 2024).
En segundo término, el Centro de Investigación Científica Nuclear de Yongbyon, capaz de producir material fisionable para fines militares; asimismo, la Oficina Administrativa Marítima, señalada por facilitar la elusión de sanciones mediante el cambio de nombre y re-registro de buques y la provisión de documentación falsa; y la Korea Paekho Trading Corporation, dedicada a exportación de arte y construcción de estatuas en el extranjero, utilizada para obtener divisas y acceso financiero internacional con las que se financian los programas nucleares, detectándose su participación en ferias comerciales en Vladivostok y Pionyang en 2024.
Mali
El 1 de diciembre de 2025 se aprobaron la Decisión (PESC) 2025/2436 del Consejo, por la que la Unión Europea prorroga y actualiza las medidas restrictivas en respuesta a la situación de inestabilidad en Mali; así como el Reglamento de Ejecución (UE) 2025/2435 del Consejo, que actualiza las sanciones de la Unión Europea en respuesta a la inestabilidad en Mali, mediante la modificación de la lista de personas físicas y jurídicas sujetas a medidas restrictivas.
Se mantienen o actualizan los expedientes de cuatro figuras clave, por su impacto negativo en la transición democrática. A destacar el presidente del Consejo Nacional de Transición, señalado como uno de los líderes del golpe de 2020 y por promover decisiones que consolidan el poder de la junta; así como, el exjefe del Grupo Wagner en Mali, considerado responsable de violencia y abusos graves de derechos humanos, incluidas ejecuciones extrajudiciales como la “matanza de Moura” (2022).
El reglamento se enmarca en un contexto en el que el Gobierno de transición habría incumplido los plazos de la Carta de Transición de 2020 e ignorado exigencias de la CEDEAO, que también ha adoptado sanciones por el bloqueo del retorno al orden constitucional.
Violaciones y abusos graves de los derechos humanos
El 4 de diciembre de 2025 se adoptó el Reglamento de Ejecución (UE) 2025/2471, por el que se aplica el Reglamento (UE) 2020/1998 y se actualiza la lista de personas y entidades sujetas a medidas restrictivas de la UE por violaciones y abusos graves de los derechos humanos, incorporando perfiles relevantes en distintos contextos regionales.
El Reglamento de Ejecución actualiza y mantiene sanciones, por regiones, contra funcionarios y entidades implicados en represión y abusos graves.
En primer lugar, en China (Xinjiang), las sanciones se dirigen contra los responsables vinculados a vigilancia, detenciones y trabajos forzados (incluida la Oficina de Seguridad Pública del XPCC).
En segundo término, en Rusia, el Grupo Wagner y su entramado, además de jueces y mandos penitenciarios relacionados con el trato a opositores. Asimismo, en Israel y territorios Palestinos, a individuos y grupos asociados a violencia en Cisjordania y a una entidad que bloquea ayuda humanitaria, junto con actores ligados a asentamientos ilegales; y, en otros escenarios, responsables en Afganistán, Sudán del Sur, Myanmar, Siria y Corea del Norte por persecución, violencia sexual, torturas y desapariciones forzadas.
República Democrática del Congo
El 8 de diciembre de 2025 se adoptó el Reglamento de Ejecución (UE) 2025/2508 del Consejo, en el marco del Reglamento (CE) n.º 1183/2005, con el fin de aplicar y ajustar medidas restrictivas en respuesta a la inestabilidad y el conflicto armado en la República Democrática del Congo.
Lo más relevante es la actualización del anexo I bis, donde se suprime a una persona (entrada 41) y se actualiza la información de otras ocho, precisando los motivos por los que se mantienen las sanciones contra ellas. La finalidad es mantener o actualizar la inclusión de perfiles especialmente vinculados con la incitación pública al odio y a la violencia contra la comunidad banyamulenge, por reclutamiento forzoso de menores y por abusos graves (incluida violencia sexual y ataques contra civiles).
Guatemala
El 9 de enero de 2016 se adoptó el Reglamento de Ejecución (UE) 2026/87 del Consejo, por el que se aplica el Reglamento (UE) 2024/287 y se modifica la lista de personas físicas y jurídicas sujetas a medidas restrictivas de la UE en relación con la situación en Guatemala, mediante la actualización de cinco entradas correspondientes a personas clave. El reglamento actualiza la información de altos cargos del Ministerio Público y de líderes de una organización asociada; la fiscal general, por su participación en actuaciones dirigidas a cuestionar los resultados electorales de 2023 y por promover procedimientos arbitrarios contra periodistas, jueces y activistas; el jefe de la FECI, por liderar actuaciones contra la formación de Semilla y por su implicación en diligencias como el allanamiento del Tribunal Supremo Electoral y la apertura de urnas selladas, además de perseguir a actores vinculados a la lucha anticorrupción junto a la CICIG; y, en el ámbito de organizaciones asociadas, el presidente de la Fundación contra el Terrorismo (FCT), y su representante legal, por promover campañas de denuncia, enjuiciamiento e intimidación con motivación política contra periodistas, operadores de justicia y el Gobierno democráticamente elegido.
Hamás y Yihad Islámica Palestina
El 16 de enero de 2026 se adoptaron la Decisión (PESC) 2026/122 del Consejo, que modifica y actualiza el régimen de medidas restrictivas contra personas y entidades que apoyan, facilitan o permiten acciones violentas de Hamás y la Yihad Islámica Palestina, y el Reglamento de Ejecución (UE) 2026/123 del Consejo, por el que se aplica el Reglamento (UE) 2024/386 y se ajusta la lista de personas y entidades sujetas a medidas restrictivas en relación con quienes apoyen, faciliten o permitan acciones violentas de Hamás y la Yihad Islámica Palestina.
El reglamento suprime de la lista a I. Barhoum por fallecimiento y actualiza la entrada de Abdelbasit Elhassan Mohamed Khair Hamza, identificado como financiero de Hamás radicado en Sudán, por su papel en la gestión de empresas vinculadas a la cartera de inversiones de Hamás y en la canalización de fondos mediante una red empresarial que incluye Al Rowad Real Estate Development y Al Zawaya Group for Development and Investment.
Irán
El 29 de enero de 2026 se adoptaron la Decisión de Ejecución (PESC) 2026/265 del Consejo, que amplía el régimen de medidas restrictivas contra determinadas personas y entidades en Irán ante la grave situación de los derechos humanos en el país, y el Reglamento de Ejecución (UE) 2026/267 del Consejo, por el que se aplica el Reglamento (UE) n.º 359/2011 y se actualiza el régimen de medidas restrictivas contra determinadas personas y entidades en Irán en relación con la situación de los derechos humanos.
Estas medidas se orientan a responder, entre otros factores, a la detención arbitraria de ciudadanos extranjeros, el uso de la violencia contra manifestantes y las tácticas de intimidación atribuidas a fuerzas de seguridad, así como a reforzar la exigencia de respeto a las libertades de expresión, asociación y acceso a la información, incluido el restablecimiento de internet.
El reglamento amplía la lista de sancionados modificando el anexo I e incorporando 15 personas y 6 entidades. Entre los sancionados destacan altos cargos y responsables judiciales y de seguridad, además de mandos de los Guardianes de la Revolución y la Basij, por su papel en la represión de protestas y la imposición de condenas severas. También se añaden organismos y empresas vinculados a la censura y el control digital y mediático (SATRA, Seraj, WGDICC, Yaftar, Douran Software y el Instituto Masaf), por presuntas actividades de vigilancia, bloqueo de servicios y campañas contra disidentes.
Sudán
El 29 de enero de 2026 se adoptaron la Decisión (PESC) 2026/254 del Consejo, que modifica la Decisión (PESC) 2023/2135 y amplía las medidas restrictivas contra actores que menoscaban la estabilidad y la transición política en Sudán, y el Reglamento de Ejecución (UE) 2026/251 del Consejo, por el que se aplica el Reglamento (UE) 2023/2147 y se amplía la lista de sujetos sometidos a medidas restrictivas por menoscabar la estabilidad y la transición política en Sudán, en un contexto de intensificación del conflicto entre las Fuerzas Armadas de Sudán (SAF) y las Fuerzas de Apoyo Rápido (RSF), con especial gravedad en Darfur y en torno a El Fasher.
Estas medidas se orientan a identificar y sancionar a responsables de violaciones graves de derechos humanos, abusos del Derecho internacional humanitario o actuaciones que amenacen la paz y la seguridad del país, mediante la inclusión de nuevos expedientes en el anexo correspondiente. En este contexto, el Reglamento añade a siete personas físicas; se incluye al comandante y hermano del líder de las RSF, por su vinculación con la adquisición de armas y con estructuras empresariales de apoyo (como Tradive General Trading Co.); así como a mandos asociados a atrocidades en El Fasher, incluidas ejecuciones y abusos contra personas detenidas. Por el lado de actores vinculados a las SAF, se sanciona al comandante del batallón/milicia Baraa bin Malik, por ordenar ejecuciones sumarias de civiles; y a Al-Tayyib Al-Imam Joda, líder comunitario (emir) señalado por colaborar en reclutamiento e incitación a la violencia contra comunidades agrícolas (kanabi), con participación en masacres y quema de aldeas.
Estados Unidos
Rusia
El 4 de diciembre de 2025, la OFAC reexpidió y enmendó una serie de licencias generales relativas a transacciones con activos vinculados a Lukoil International GmbH y otras operaciones relacionadas con la red de estaciones de servicio de Lukoil fuera de Rusia, así como otras autorizaciones sectoriales. Estas licencias tenían por objeto mitigar algunos efectos humanitarios o administrativos a raíz de sanciones previas contra grupos empresariales rusos, permitiendo ciertas actividades de mantenimiento operativo y liquidación ordenada hasta fechas específicas. Dentro de esas autorizaciones, destacó la GL 128B, que autorizó hasta abril de 2026 las actividades de mantenimiento, operación y liquidación de estaciones de servicio de Lukoil fuera de la Federación Rusa afectadas por sanciones previas.
En este mismo sentido, en enero de 2026, con efecto inmediato a partir del 14 de enero, la OFAC sustituyó la General License 131A por la 131B, extendiendo la autorización temporal hasta el 28 de febrero, bajo condiciones específicas, para negociar y ejecutar contratos contingentes relativos a la venta de Lukoil International GmbH y a actividades de mantenimiento relacionadas, con plazo hasta 28 de febrero de 2026. La versión actualizada de esta licencia incluye condiciones claras sobre qué transacciones quedan autorizadas y cuáles siguen prohibidas, especialmente en lo relativo a materiales bloqueados y la transferencia de fondos dentro de la Federación Rusa.
Bielorrusia
El 15 de diciembre 2025 la OFAC anunció la emisión de la Licencia General 13 sobre Bielorrusia, «por la que se autorizan transacciones que involucren a la Sociedad Anónima Belarusian Potash Company, Agrorozkvit LLC y Belaruskali OAO». La medida se presenta como una autorización específica para permitir determinadas transacciones que involucren a las sociedades Joint Stock Company Belarusian Potash Company, Agrorozkvit LLC, y Belaruskali OAO, entidades con sede Bielorrusia, donde radica en su papel estratégico dentro del mercado global de fertilizantes, especialmente de potasa (cloruro de potasio), un insumo clave para la agricultura mundial
En la práctica, una licencia general de este tipo opera como excepción regulada a prohibiciones existentes, habilitando un margen de actuación para operaciones que, de otro modo, quedarían restringidas por el régimen aplicable.
República Centroafricana
En un comunicado fechado el 8 de diciembre de 2025, el Tesoro conmemoró el 75º aniversario de la Declaración Universal de Derechos Humanos (UDHR), reafirmando su compromiso con la rendición de cuentas por abusos de derechos humanos.
Sobre esa base, se designaron a dos individuos por contribuir a la inestabilidad en la República Centroafricana (RCA). En primer lugar, Jean‑Francis Bozizé, ciudadano de la RCA e hijo del expresidente François Bozizé, que habría trasladado armas y munición desde países vecinos hacia la Coalition for the Patriots of Change (CPC), grupo rebelde al que se atribuyen reclutamiento de niños soldado y actos de violencia sexual. Y en segundo lugar, Mahamat Salleh, también ciudadano de la RCA, el cual es descrito como comandante de la CPC y antiguo “zone commander” del grupo afiliado Frente Popular para el Renacimiento de la República Centroafricana, imputándosele violaciones de niñas y esclavitud sexual forzada.
Sanciones cibernéticas
El programa de sanciones cibernéticas de la OFAC, iniciado el 1 de abril de 2015 mediante la Orden Ejecutiva 13694, responde a la amenaza extraordinaria que representan las actividades cibernéticas maliciosas originadas o dirigidas desde el exterior contra la seguridad nacional, la política exterior y la economía de Estados Unidos. Esta orden permite imponer sanciones a personas responsables o cómplices de tales actividades cibernéticas dañinas. En este contexto, el 30 de diciembre 2025, se eliminaron varias entradas de designados relacionados con Rusia,
Global Magnitsky Sanctions
El 12 de diciembre 2025, bajo el programa Global Magnitsky, orientado a conductas de corrupción y violaciones graves de derechos humanos, con medidas típicas de bloqueo de bienes en suelo estadounidense, restricciones de transacciones y visado, la OFAC publicó el 12 de diciembre de 2025 una actualización consistente en supresiones varios designados: Alexandre de Moraes, LEX – Instituto de Estudios Jurídicos Ltda. y Viviane Barci de Moraes.
Esta acción revierte designaciones previas del 22 de septiembre de 2025, cuando la OFAC sancionó al Lex Instituto por su presunto apoyo al magistrado del Supremo Tribunal Federal (STF) Alexandre de Moraes —designado el 30 de julio de 2025 por autorizar supuestas detenciones arbitrarias y censurar la libertad de expresión en Brasil— y a Viviane Barci de Moraes como responsable de la entidad.
Corte Penal Internacional (CPI)
El 18 de diciembre de 2025, Estados Unidos designó a dos jueces de la Corte Penal Internacional conforme a la Orden Ejecutiva 14203, relativa a sanciones dirigidas a dicha institución y por considerar que estos individuos participan directamente en los esfuerzos de la CPI para investigar, arrestar, detener o procesar a nacionales israelíes sin el consentimiento de Israel, incluido votar a favor de la decisión mayoritaria de la CPI contra el recurso de apelación presentado por Israel el 15 de diciembre. Simultáneamente, la OFAC publicó la Licencia General No. 11, autorizando temporalmente las transacciones necesarias para la liquidación ordenada de operaciones que involucren a los designados o a entidades controladas mayoritariamente por ellos. La licencia, válida hasta mediados de enero de 2026, establece que cualquier pago deberá realizarse a cuentas bloqueadas en Estados Unidos y no permite operaciones con otras personas sancionadas salvo autorización independiente.
Sudán
El 9 de diciembre de 2025 la OFAC impuso sanciones a cuatro personas y cuatro entidades, principalmente nacionales y empresas colombianas, por su presunta participación en el reclutamiento de exmilitares colombianos y el entrenamiento de soldados —incluidos menores— para apoyar a las Fuerzas de Apoyo Rápido (RSF) en el conflicto civil de Sudán, una de las peores crisis humanitarias actuales. Según el comunicado, las RSF han sido acusadas de atacar civiles desde abril de 2023, incluyendo asesinatos, violencia sexual y bloqueo de ayuda humanitaria.
Organizaciones Criminales Transnacionales (Transnational Criminal Organizations – TCO)
El 17 de diciembre de 2025, la OFAC añadió a su Lista de Nacionales Especialmente Designados (SDN) a José Antonio Yépez Ortiz, alias “El Marro”, y al Cártel de Santa Rosa de Lima (también conocido como Santa Rosa de Lima Cartel o CSRL, establecido en 2014), ambos bajo la categoría de organizaciones criminales transnacionales.
Venezuela
Durante diciembre de 2025 se registraron varias actuaciones relevantes en el régimen sancionador aplicable a Venezuela, en un contexto de crecientes tensiones bilaterales con Estados Unidos que culminaron en los acontecimientos de enero de 2026.
Por un lado, la OFAC publicó el 19 de diciembre 2025 la Licencia General No. 5T, que autoriza, a partir de febrero de 2026, determinadas transacciones relacionadas con el bono PDVSA 2020 8,5 %, sustituyendo una licencia anterior y manteniendo vigentes el resto de las prohibiciones del régimen.
Por otro, el 31 de diciembre de 2025 se anunciaron nuevas designaciones de empresas extranjeras que operaban en el sector petrolero venezolano, así como la identificación de varios buques como propiedad bloqueada por su vinculación con dichas sociedades. El Tesoro recordó que estas medidas complementan sanciones previas adoptadas contra la empresa estatal petrolera y contra operadores asociados.
Sanciones contra el narcotráfico
La OFAC designó el 22 de enero de 2026 a cinco nacionales costarricenses —incluidos los líderes de la mayor red de narcotráfico de cocaína en Costa Rica— y cinco entidades locales por traficar multitoneladas de cocaína desde Colombia hacia EE. UU. y Europa vía el puerto de Moín en Limón, además de blanquear capitales. Esta red, aliada con otros narcotraficantes sancionados previamente, ha generado violencia por el control de rutas y ha sido desmantelada en parte por operativos costarricenses, en una acción coordinada con la DEA y autoridades ticas bajo la Orden Ejecutiva 14059 contra el tráfico ilícito de drogas.
Sanciones contra el terrorismo
La OFAC designó el 21 de enero de 2026 a seis organizaciones de Gaza (Al-Falah Society, Al-Nur Society, Al-Salameh Society, Merciful Hands, Qawafil Society y Waed Society) y la Popular Conference for Palestinians Abroad (PCPA), con sede en Beirut e Estambul, por actuar como fachadas encubiertas del ala militar de Hamás (Brigadas Izz al-Din al-Qassam), desviando fondos de donantes internacionales destinados a ayuda humanitaria para financiar operaciones terroristas. Estas entidades, integradas en la estructura de Hamás según documentos incautados tras el 7 de octubre de 2023, proporcionan apoyo financiero directo (como los 2,5 millones de dólares transferidos por Al-Falah), servicios a combatientes y abogacía para prisioneros de Hamás, mientras la PCPA organiza flotillas para romper el bloqueo de Gaza bajo dirección de la Oficina de Relaciones Internacionales de Hamás. Además se sancionó a Zaher Khaled Hassan Birawi (“Abu Hasan”), alto cargo de la PCPA en Reino Unido, por su apoyo material.
Irán
La OFAC designó el 23 de enero de 2026 a ocho empresas y nueve buques asociados a la flota de transporte de petróleo iraní —incluidos Sea Bird (EAU), Avon (India), Al Diab II (Omán), Cesaria (Seychelles), Longevity 7 (Islas Marshall), Eastern Hero, Aqua Spirit (Liberia) y Chiron 5 con Keel, que considera que transportan petróleo crudo, gas licuado, nafta y otros productos petrolíferos desde Irán hacia Asia, África y Oriente Medio en 2025 y 2026. La acción, ejecutada bajo la Orden Ejecutiva 13902 contra el sector petrolero y petroquímico iraní, forma parte de la política de presión económica de la Administración Trump según el Memorando Presidencial de Seguridad Nacional NSPM-2.
Reino Unido
Rusia
En el ámbito de las sanciones contra Rusia y el ciberespacio, el 4 de diciembre de 2025 el Gobierno británico designó a múltiples individuos y entidades, entre ellos la agencia de inteligencia militar rusa (GRU) y oficiales asociados, tras la publicación del informe final de la investigación sobre los envenenamientos de Salisbury que concluyó que agentes del GRU fueron responsables.
Asimismo, el 9 de diciembre de 2025 se designaron siete personas y entidades adicionales bajo el régimen de sanciones a Rusia por actividades de manipulación e interferencia de información extranjera, incluyendo a Rybar LLC y su director Mikhail Zvinchuk, el Centre for Geopolitical Expertise y su fundador Aleksandr Dugin, y varias organizaciones vinculadas a PRAVFOND, presuntamente implicadas en esfuerzos coordinados para socavar procesos democráticos mediante la creación de sitios de noticias falsos y cuentas automatizadas en redes sociales.
El 15 de enero de 2026, la OFSI también modificó la Licencia General INT/2024/4423849 relacionada con la prohibición de servicios marítimos y el tope de precio del petróleo ruso, reduciendo el tope de 47,60 USD por barril a 44,10 USD por barril, con efecto desde las 23:01 GMT del 31 de enero de 2026, y añadiendo una disposición transitoria para contratos existentes que cumplan el tope antiguo hasta el 16 de abril de 2026.
China
La OFSI designó a las empresas Integrity Technology Group Incorporated y Sichuan Anxun Information Technology Co., Ltd. bajo el régimen de sanciones cibernéticas británico el 4 y el 9 de diciembre de 2025 por su presunta participación en actividades cibernéticas maliciosas que afectaron sistemas informáticos en el Reino Unido y entre aliados. Estas medidas implican el congelamiento de activos y prohíben que personas sujetas al derecho británico faciliten fondos o recursos económicos a estas compañías.
Irak
El 10 de diciembre de 2025 el Reino Unido eliminó a Munir Al Qubaysi de su régimen de sanciones sobre Irak, tras su eliminación previa de la lista de sanciones de las Naciones Unidas. Al Qubaysi había sido incluido en 2004 por su papel como director de una entidad que supuestamente operaba como empresa fachada para la adquisición de armamento para Irak.
Siria
Respecto a Siria, el 19 de diciembre de 2025 el Reino Unido añadió nueve designaciones nuevas, compuestas por seis individuos y tres entidades, todas sujetas a congelación de activos, tras haberse registrado cuatro eliminaciones de la lista bajo el régimen de sanciones sirio el 17 de diciembre de 2025, aunque dichas eliminaciones siguen sujetas a sanciones en otras jurisdicciones como los regímenes de Irán, el régimen nuclear de Irán y el régimen de armas químicas.
Cambios estructurales
Finalmente, el 28 de enero de 2026 entró en vigor un cambio estructural importante en el sistema sancionador del Reino Unido: la UK Sanctions List (UKSL) se convirtió en la única fuente oficial de todas las designaciones de sanciones del Reino Unido, por lo que la OFSI Consolidated List of Asset Freeze Targets deja de funcionar.
Naciones Unidas
Somalia / Al-Shabaab
El Consejo de Seguridad de la ONU adoptó el 12 de diciembre de 2025 la Resolución 2806 (2025), que renueva hasta el 30 de noviembre de 2026 el régimen de sanciones contra Al-Shabaab en Somalia. Esta decisión asevera el embargo de armas, la prohibición de exportar carbón y las demás restricciones contenidas en el régimen, e incluye la extensión del mandato del panel de expertos que supervisa el cumplimiento de estas medidas anticrisis en Somalia.
[1] A efectos aclaratorios, cualquier referencia en este documento a “guerra” o “guerra de agresión” reproduce literalmente la terminología empleada en los correspondientes instrumentos jurídicos y documentos de política de la Unión Europea. Dichos términos se incluyen estrictamente por razones de exactitud y coherencia y no implican ninguna calificación independiente más allá de la contenida en las fuentes citadas.



