Mediación Nacional e Internacional
Desde nuestra Área de Mediación Internacional, aplicamos de manera rigurosa las mejores técnicas desarrolladas por las distintas escuelas de mediación, adaptándolas a la naturaleza de cada conflicto y otorgando prioridad absoluta a la confidencialidad, principio esencial en cualquier proceso de resolución alternativa de controversias (ADR).
En el ámbito de los sujetos del derecho internacional, y apoyándonos en la dilatada trayectoria diplomática del responsable del Área, mantenemos una relación constante con instituciones especializadas en la gestión de conflictos jurídicos, sociales y políticos. Entre ellas destacan el Centro Internacional para la Paz de Toledo, presidido por Emilio Cassinello, y el Department of Peace and Conflict Research de la Universidad de Uppsala, dirigido por Peter Wallensteen, ambos referentes internacionales en el estudio y la práctica de la mediación y la prevención de conflictos.
En el ámbito estrictamente privado, relativo a los derechos e intereses de personas físicas y jurídicas, fomentamos y aceptamos activamente la colaboración con otros profesionales, desde la convicción —expresada reiteradamente en nuestros escritos públicos— de que la búsqueda de un acuerdo negociado resulta, en la mayoría de los casos, preferible a la vía contenciosa. Esta visión se enmarca en nuestro compromiso con una auténtica Cultura de Paz y con el uso responsable de los mecanismos de mediación civil y mercantil.
Como consecuencia de esta trayectoria, el responsable del Área —reconocido oficialmente como Mediador por el Ministerio de Justicia— forma parte actualmente del Comité Directivo del Centro de Mediación Empresarial de la Cámara de Comercio de Madrid (CMEM), y figura asimismo en los listados de mediadores de la Corte Civil y Mercantil de Arbitraje de Madrid (CIMA) y del Centro de Mediación del Colegio de Abogados de Madrid (MEDIAICAM).
En nuestra Área de Mediación se respetan escrupulosamente los Códigos de Conducta más recientes y reconocidos a nivel internacional, incluidos los aprobados por la International Chamber of Commerce (ICC) de París, el CIADI de Washington, la Stockholm Chamber of Commerce (SCC) y la propia CIMA de Madrid, así como las recomendaciones formuladas por el Consejo de Europa, especialmente las adoptadas a partir de 2018 en materia de mediación y resolución pacífica de conflictos.